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La Suprema Corte y el derecho al duelo en la desaparición forzada

De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, el año 2022 cerró con una cifra que alcanza casi las 110 mil personas.

Por: Antonio Guiza Cabrera y Ramsés Samael Montoya Camarena

Ilustración: Patricio Betteo, cortesía de Nexos

¿Cómo negar el destino de un cuerpo a sus deudos? ¿Dónde queda el deber del Estado de impedir que el miedo sea su aliado? ¿Cuántas víctimas más tienen que sufrir, para evitar un derecho forzado? La Suprema Corte ha hecho patente su empatía con las víctimas de desaparición y estableció un precedente vanguardista porque conmina a la realización de ciertas medidas reparatorias que tienen una voz colaborativa al impulsar la participación de varias autoridades. Da un rostro claro a las obligaciones del Estado. En cierta medida, este pronunciamiento busca erradicar el estado de cosas inconstitucional que arrastra la desaparición forzada y estimula a que todo el Estado en su más amplia acepción así lo haga a lo largo y ancho del país. Hay ejemplos donde algunos Juzgadores ya lo venían impulsando con una visión progresista de derechos antes que la Corte.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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