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¿México en guerra? Segunda parte

El DIH no fue concebido como herramienta de responsabilización; su propósito —para nada despreciable— es mitigar el sufrimiento humano en la guerra, no más y no menos.

Por: Michael Reed Hurtado

Ilustración: Víctor Solís, cortesía de Nexos

Dejar de lado las formas del Estado de derecho y recurrir a las formas de la guerra para confrontar la creciente violencia implica anular de facto (y en algunos casos, de jure) los controles que durante siglos se han buscado poner al extraordinario poder público. En vez de apelar al marco excepcional de protección que brinda el derecho internacional humanitario (DIH) en situaciones de guerra, la prioridad debería ser recuperar la noción de lo público en los asuntos de gobierno, incluyendo la seguridad, y promover distintas formas de responsabilidad (activas y pasivas) para hacer frente a las dinámicas de violencia y de cooptación institucional, antes de que continúen escalando. El DIH no fue concebido como herramienta de responsabilización; su propósito —para nada despreciable— es mitigar el sufrimiento humano en la guerra, no más y no menos.

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