Por: Alejandro Díaz Pérez y Isabel Anayanssi Orizaga Inzunza
Ilustración: Estelí Meza, cortesía de Nexos
En el texto de la recomendación general no. 35, la CNDH hizo referencia a distintas normas de derechos humanos contenidas en diversos sistemas de protección (universal e interamericano), así como algunas prácticas en el derecho comparado. En cuanto al sistema universal, el documento se enfoca esencialmente en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, de UNESCO. Este instrumento, es el que la CNDH a lo largo de su recomendación toma como el principal parámetro de obligación para el Estado mexicano. La decisión de situar a dicha Convención de la UNESCO, como prácticamente el único instrumento de referencia para contrastarlo con las disposiciones a nivel interno en el país, pudo ser una de las razones por las que el documento tiene diversas limitaciones para situar con mayor precisión la dimensión y complejidad de la cuestión.