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¿Es inconstitucional el plan de vacunación Covid-19 de México?

La más grande campaña de vacunación en la historia de México presenta áreas de oportunidad constitucional.

Por: Miguel Ángel Antemate Mendoza

Ilustración: Patricio Betteo, cortesía de Nexos

Existe un argumento que ha tomado eco en los últimos días, y es el relativo a si las denominadas brigadas “correcaminos” de vacunación estarán compuestas tanto por servidores públicos, como por simpatizantes del partido oficial. Confusión que tampoco se aclara en la política nacional y que puede comprometer el artículo 134 de la Constitución —que establece la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos o insumos sin influir en la equidad de la competencia entre partidos políticos bajo un contexto de proceso electoral federal—. Tan es de suma relevancia contar con reglas claras y fundamentación jurídica adecuada para la vacunación, que ya han comenzado a presentarse las primeras demandas de amparo ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México. Lo cuales han concedido medidas cautelares bajo el argumento de que la estrategia de vacunación resulta simplista, no se ajusta a los lineamientos de la Organización Panamericana de la Salud y, por lo tanto, también debiese priorizar a otros grupos de riesgo, además de los trabajadores de la salud y personas adultas mayores.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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