Por Katia Guzmán Martínez
Ilustración: David Peón
Una de las principales consecuencias del federalismo en México es la libertad que se le otorga a las entidades federativas para legislar en materia civil; ésta comprende las especificidades y requisitos para contraer matrimonio. A causa de este principio constitucional federalista, el acceso al matrimonio por parte de personas no heterosexuales varía entre las entidades: mientras que una pareja de hombres gays residentes de la capital pueden casarse sin mayor premura, una pareja de lesbianas tamaulipecas tendrá que enfrentar costos legales y monetarios para contraer nupcias. En este sentido, en México, existen tres niveles de inclusión: nulo, el matrimonio es la unión entre hombre y mujer; parcial, la entidad cuenta con una ley en la que, por lo menos, algunos beneficios de las uniones conyugales están contemplados; total, el matrimonio es una unión entre personas.
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