El Congreso de Nayarit aprobó elevar las condenas por violencia animal a hasta seis años de cárcel y multas de al menos 10 mil pesos.
Por mayoría, los diputados locales aprobaron las modificaciones al Código Penal en las que se establece penas de seis meses a seis años de prisión y multas de 120 a 720 días de la Unidad de Medica de Actualización (UMA) (entre 10 mil 186 pesos y 61 mil 120 pesos) a quien maltrate o violente animales en el estado.
Además, la reforma al Código Penal prevé privar al sentenciado de todo derecho sobre animales o los que aún tenga bajo su resguardo; la misma pena y sanción será aplicable para el médico veterinario, la persona que cuide animales y para aquel servidor público que cometa este delito con motivo de sus funciones.
Cuando las lesiones o la muerte del animal sean por evitar un mal tanto al animal como a las personas, no se aplicará tales sanciones, siempre y cuando se justifique el hecho.
De acuerdo con el artículo 422 del Código Penal para el estado de Nayarit, se considera maltrato o crueldad animal a la causa de muerte empleando métodos que prolonguen la agonía, causando sufrimientos, la tortura, el sadismo, la zoofilia, la mutilación, privación de aire, luz, alimento, bebida, espacio suficiente para su esparcimiento o de abrigo.
En las mismas reformas aprobadas se incorporan dos nuevos supuestos al delito de maltrato animal: por el suministro o aplicación de substancias u objetos tóxicos e incitar a los animales para que se ataquen entre ellos.
Las reformas a la Ley de Protección de la Fauna tienen que ver con la exhibición y venta de animales, lugares que deben contar con instalaciones adecuadas y personal capacitado; obliga a las autoridades estatales y municipales supervisar que no se cometa maltrato y que los establecimentos cuenten con asesoría de un médico veterinario.
En contraste, los diputados aprobaron el 10 de mayo las corridas de toros, pelas de gallos, charrería, jaripeos, carreras de caballos y adiestramiento como patrimonio cultural del estado.
RLO