Corte destituye al delegado de Venustiano Carranza

El alto tribunal también ordenó consignar ante un juez federal al jefe delegacional, Israel Moreno Rivera, y a su antecesor, José Manuel Ballesteros López, por desacato a una sentencia judicial.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación destituyó y ordenó la consignación ante un juez federal del jefe delegacional en Venustiano Carranza, Israel Moreno Rivera, y de su antecesor en el cargo, José Manuel Ballesteros López, actualmente diputado local, por desacato a una sentencia judicial.

De acuerdo con el alto tribunal, no se acataron los amparos otorgados en 2013 a cuatro trabajadores de la demarcación.

El ministro José Fernando Franco González Salas propuso destituir y consignar a Moreno y a Ballesteros, porque el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje informó a la Corte este martes, por vía electrónica, que no se había cumplido con la sentencia de amparo.

El jefe de delegacional debía acatar lo resuelto en el laudo de 23 de enero de 2013, es decir, expedir a los cuatro quejosos los nombramientos con la categoría de verificadores o inspectores; pagarles las diferencias de salario existentes entre las sumas que se les había venido pagando y las que les correspondían por haber desempeñado las funciones de inspector o verificador, desde el 26 de noviembre de 2003 hasta la segunda quincena de marzo de 2005, así como las que se generaran con los incrementos al salario en fecha posterior a la cuantificada y hasta que se cumpliera el laudo.

También tenía que pagarles las diferencias de aguinaldo de los años 2003, 2004 y las que se generaran durante la tramitación del juicio y, finalmente, debía proporcionar los elementos necesarios para el desempeño del encargo, como credenciales y demás documentos oficiales.

En el proyecto se explican los hechos relevantes suscitados durante el procedimiento de cumplimiento de la ejecutoria de amparo y se menciona que tanto la Sala responsable como el juez de distrito, requirieron en diversas ocasiones al jefe delegacional el acatamiento del fallo, sin que hasta el momento, más de dos años y nueve meses después de que causó ejecutoria este último y se le requiriera por primera vez su cumplimiento, haya acreditado tal situación.

"No se soslaya que, en un principio, la autoridad responsable efectuó algunos actos tendientes al cumplimiento de la sentencia; sin embargo, la Sala responsable los dejó insubsistentes por considerarlos infructuosos para tener por cumplido el laudo dictado en el juicio natural.

"A ese respecto, se destaca que la Sala laboral responsable tuvo por cumplida una de las condenas del laudo, en tanto que el Jefe Delegacional acreditó haber pagado a los quejosos las prestaciones económicas a que tienen derecho. Acción con la que se considera a que él abandonó la actitud contumaz mostrada respecto de este punto del cumplimiento del fallo.

"Sin embargo, la referida autoridad responsable ha sido omisa en cumplir de manera total con el fallo protector e incluso justificar ante esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, las causas del incumplimiento, pues no existe evidencia de que haya acatado los dos efectos restantes del fallo al que fue condenado. , determinó la Corte.


jbh

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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