La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la sentencia que obliga a Livia Brito y a Yosmi Mariano Gedler Martínez a pagar una indemnización por daño moral al fotógrafo Ernesto Zepeda, quien fue golpeado por los famosos en Cancún, Quintana Roo en 2020.
Ernesto Zepeda sufrió una lesión que le dejó una cicatriz permanente en el rostro después de que fotografió a Livia Brito y a su ex pareja sentimental, Yosmi Mariano Gedler Martínez.


Livia Brito deberá de pagar indemnización a Ernesto Zepeda
Por medio de una publicación en el canal de YouTube de Javier Ceriani, se dio a conocer el video de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en donde dictaron la indemnización por daño moral al fotógrafo Ernesto Zepeda.
"Livia Brito: El proyecto propone primero que se desecha el recurso de revisión, segundo queda firme la sentencia recurrida", expresó la Corte.
Marcela Torres, invitada al canal de YouTube de Javier Ceriani reveló que Livia Brito supuestamente deberá de pagar más de un millón de pesos al paparazzi Zapada por los daños que también recibió su cámara.
"Exactamente un millón 200 mil pesos, por lo que él acredito por su daño moral", agregó Torres.
"Creo que ella perdió por la manera en la que pidió su derecho a la libertad", agregó la invitada al programa de Ceriani.
Livia Brito, conocida por su participación en telenovelas, obras de teatro y películas como La Dictadura Perfecta, intentó revertir la resolución emitida el 5 de septiembre de 2023 por la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJ-CDMX).
Dicha resolución ratificaba la sentencia de un juez local que la condenaba, junto a su ex pareja, a pagar una indemnización al paparazzi.
Tras ese fallo, la actriz y su expareja promovieron un recurso de revisión que fue aceptado por la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En su recurso, Brito argumentó que la sentencia impugnada presenta un problema de constitucionalidad, conforme al artículo 88 de la Ley de Amparo.
Además, sostuvo que se vulneraron sus derechos relacionados con la personalidad, como la vida privada y la imagen propia, los cuales forman parte de los derechos fundamentales vinculados con la intimidad, generándole un perjuicio.
Mira el video aquí:
APC