El Senado de la República debió haber turnado para su dictaminación, los artículos desechados por el Ejecutivo, analizarlos a la luz de sus observaciones y emitir un dictamen, que puede o no recoger la redacción propuesta por el presidente de la República. En todo caso, el proyecto debió haber sido aprobado, como sucedió el día de ayer, por las dos terceras partes del Pleno del Senado. Igual procedimiento deberán agotar los diputados para el desahogo del veto presidencial. En caso de no obtener mayoría calificada en las Cámaras, el proyecto deberá regresar a las comisiones dictaminadoras hasta que se presente uno que alcance los consensos necesarios para la mayoría requerida.
Veto presidencial a la Ley 3 de 3, ¿qué debiese hacer el Congreso?
El Ejecutivo federal devolvió al Senado el decreto que expide las leyes secundarias del sistema nacional anticorrupción, desechando artículos que obligaban a particulares presentar sus declaraciones.
Ciudad de México /