Política

Impone SRE multa de más de 20 mil pesos a Fortunato Rivera Castillo

El órgano jurisdiccional sancionó al diputado federal por Morena por vulnerar el interés superior de la niñez al hacer uso de imágenes en su campaña electoral en el año 2018 donde se identifican plenamente a 96 menores de edad

Por vulnerar el interés superior de la niñez al hacer uso de propaganda electoral donde se identificó plenamente a 96 menores de edad, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó con una multa de 20 mil 150 pesos al diputado federal de Morena por Hidalgo, Fortunato Rivera Castillo.

Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador de Órgano Central (PSC) con expediente SRE-PSC-26/2020 emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) el cual se integró debido a que la Sala Regional Especializada ordenó dar vista a este órgano en el incidente de cumplimiento de sentencia del SRE-PSD-208/2018, por la probable vulneración al interés superior de la niñez, derivado de diversas publicaciones por parte de Rivera Castillo en la red social Facebook.

En el análisis de dicha demanda el magistrado Luis Espíndola Morales verificó la existencia de la irregularidad debido a que en las publicaciones de este perfil en la red social se encontraron fotografías en diversas comunidades indígenas, las cuales visitó durante su campaña en 2018, donde 96 niños, niñas y adolescentes son plenamente identificables, dichas imágenes fueron retiradas a solicitud de la Sala Especializada, debido a que se vulneró el interés superior de la niñez por parte del legislador del Distrito federal 1, con cabecera en Huejutla.

Por ello, señaló el magistrado federal se acredita la violación a la norma, en específico en lo que se refiere a la imagen, intimidad y libre desarrollo de la personalidad de los menores derivado de la propaganda electoral de Fortunato Rivera Castillo, por lo cual se sancionó con una multa consistente en 250 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente 20 mil 150 pesos, además de que se imponen medidas para reparar las consecuencias de la infracción, esto debido a la vulneración de los derechos y con ello  garantizar la no repetición de estas conductas.

Finalmente, la SRE solicitó el apoyo de las estaciones de radio comunitarias indígenas en las 16 poblaciones que integran el Distrito Federal 1 para que se difunda un extracto de la sentencia de este SRE-PSC-26/2020 en las lenguas indígenas más habladas en la región con la finalidad de externar los derechos de niños, niñas y adolescentes, así como las consecuencias de su violación; de igual forma el legislador federal deberá publicar el mismo extracto en su red social, además de que deberá asistir a un curso enfocado en la protección de los derechos de la niñez. 

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Teodoro Santos
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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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