SCJN: el año electoral inicia en noviembre

El expediente fue turnado de nuevo al Pleno de la Corte sin carácter urgente, para con ello emitir las resoluciones de fondo sobre las impugnaciones de cinco partidos políticos, la CEDH y la PGJNL.

Sin tratar el tema de fondo, con seis votos en contra y dos a favor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló desechar el proyecto del ministro presidente, José Ramón Cossío Díaz, quien planteó invalidar las reformas a la Ley Electoral de Nuevo León, con lo cual fijaron
iniciar el año electoral en noviembre.

Dicho caso, pronunciaron, será returnado al Pleno de la Suprema Corte sin carácter de urgente y con ello emitir las resoluciones de fondo sobre las impugnaciones que existen por parte de cinco partidos políticos, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y la Procuraduría General de Justicia del Estado.

Los asuntos a resolver contemplan temas como paridad, candidaturas independientes, reelección, financiamiento, candidaturas comunes y diputaciones plurinominales.

Cossío argumentó que aunque la Ley había sido aprobada en tiempo, su publicación extemporánea en el Periódico Oficial del Estado la invalidaba al no figurar dentro de los 90 días hábiles que marca la legislación.

Adicionalmente, y debido a protocolos de la Corte, esta sentencia requería de al menos ocho votos a favor para ser rechazada, por lo que al no conseguir los votos necesarios se presentará una nueva resolución expuesta por otro magistrado.

"Al respecto se advierten dos planteamientos de inconstitucionalidad. El primero con motivo de la entrada en vigor el día de la aprobación de la norma impugnada y, el segundo relativo a la violación del artículo 105, fracción II, penúltimo párrafo, por no mediar 90 días entre la modificación de la norma impugnada y el inicio del proceso", alegó Cossío.

Sin embargo, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea se opuso al proyecto, alegando que no se afectan los tiempos de la veda, partiendo del reconocimiento de la vigencia de las reformas aprobadas por los diputados en 29 de junio pasado y publicadas por el Ejecutivo el 10 de julio, situación que fue secundada por la mayoría del Pleno.

"Sin embargo, respetuosamente no comparto el criterio mediante el cual se propone la invalidez de todo el orden normativo sobre la base de que se está afectando la veda electoral en atención a las siguientes razones que voy a expresar de manera muy breve en atención a las dos acciones que tenemos que resolver el día de hoy", manifestó.

Ya al último de la discusión en el tema de Nuevo León, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo alegó que no se había votado y definido el inicio del año electoral, situación que consideró fundamental para darle certidumbre jurídica al proceso del 2018, por ello es que se sometió a una votación entre los seis ministros que se mostraron en contra del proyecto, de los cuales cuatro eligieron iniciar el año electoral en noviembre.

"El asunto está prácticamente desechado, lo único que estábamos tratando de ver —a petición del Ministro Pardo y me parece muy razonablemente— ¿cuándo estaríamos considerando? Creo que, para efectos prácticos, a juicio de esta Suprema Corte, por esta votación, el proceso electoral inicia en el mes de noviembre", concluyó el ministro presidente.

Cabe mencionar que el Pleno deberá sesionar y resolver los demás puntos impugnados antes del 6 de noviembre, fecha
en que fijaron el inicio del año electoral.

Claves

A detalle

• Sin tratar el tema de fondo, con seis votos en contra y dos a favor, la SCJN avaló desechar el dictamen de la Ley Electoral Estatal.

• El Pleno deberá sesionar y resolver los demás puntos impugnados antes del 6 de noviembre, fecha en que fijaron el inicio del año electoral.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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