Política

Corte aplaza discusión de proyecto que propone dar revés a soluciones del TEPJF

De acuerdo con lo acordado, se discutirá el próximo 13 de febrero.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó hasta el próximo 13 de febrero la discusión del proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en el que propone dar revés a diversas resoluciones de jueces de Distrito, así como del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), porque ambos invadieron competencias en el tema de la reforma judicial.

La ministra, Yasmín Esquivel Mossa, sugirió al Pleno de la Corte aplazar el estudio del caso, debido a que aún no concluye el término que se le dio a la Sala Superior del TEPJF para que rinda el informe correspondiente a la solicitud de ejercicio contenida en el artículo 11, fracción XVII de la anterior Ley Orgánica del PJF en la acción de inconstitucionalidad 1/2025.

Asimismo, las ministras Lenia Batres Guadarrama y Loretta Ortiz se sumaron a la propuesta, la cual fue aceptada por el ministro ponente.

En el proyecto de Ortiz Mena, que solo requiere seis votos para ser aprobado, el ministro deja claro que los efectos que la Corte puede dictar están limitados, porque ni siquiera el tribunal constitucional, puede situarse por encima del orden jurídico.

"Este no es un juicio de apelación contra las sentencias de la Sala Superior ni un recurso de revisión de los incidentes de suspensión de los juzgados de distrito. El artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación simplemente no es el medio para anular estas determinaciones”, detalla.

Sobre la actuación de la Sala Superior, el ministro indicó que sus sentencias no pueden tener la capacidad de incidir de manera alguna en las determinaciones de los juzgadores de amparo; no funcionan como instancia de revisión y su pretensión de anular los efectos de las suspensiones simplemente carece de cualquier efecto dentro de nuestro orden jurídico. 

“Los pronunciamientos con pretensión de autoridad que se emiten bajo una competencia extra-legal no pueden afectar ninguna de las determinaciones de amparo, tanto de admisión de las demandas como las órdenes de suspensión. En todo caso, las sentencias de la Sala Superior deben leerse como la opinión de la mayoría de los miembros de este cuerpo colegiado”.

Ortiz Mena mencionó en su proyecto que el tema de la reforma judicial llevó a una confrontación entre dos órdenes, ya que, por un lado, los jueces de amparo pretenden detener el proceso de elección extraordinario del Poder Judicial a través de las órdenes de suspensión. Por otro, la Sala Superior busca blindar a las autoridades de estos procesos con acciones declarativas y dando supuestas ‘garantías de continuidad’.

GGAC


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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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