Política

¿Qué pueden hacer los candidatos a la elección judicial en campaña? Aquí te decimos

Las campañas de los candidatos y candidatas a algún cargo del Poder Judicial deberán ser austeras y limitadas, e incluso lo permitido se debe hacer bajo ciertas condiciones.

El Instituto Nacional Electoral (INE) precisó cuáles son los lineamientos que deberán cumplir los candidatos a algún cargo del Poder Judicial durante las campañas rumbo a la elección de jueces, magistrados y ministros. 

La elección del próximo 1 de junio es un proceso novedoso, ya que será la primera vez que la ciudadanía elegirá a personas juzgadoras mediante el voto popular; en total, se votará por 881 cargos judiciales, entre ellos nueve ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Asimismo, dos magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), 15 magistraturas de las Salas Regionales del TEPJF, 5 integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, 464 magistraturas de Circuito y 386 juezas y jueces de Distrito.

¿Qué SÍ podrán hacer los candidatos en campaña? 

El INE indicó que los candidatos al Poder Judicial serán electos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones, por lo tanto, las actividades que podrán realizar durante 60 días de campaña serán:

Podrán participar en foros de debate organizados por el propio Instituto.

Las personas candidatas a cargos de elección podrán difundir su trayectoria profesional, méritos y visiones acerca de la función jurisdiccional y la impartición de justicia.

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Podrán hacer uso de redes sociales o medios digitales para promocionar sus candidaturas, siempre y cuando no impliquen erogaciones para potenciar o amplificar sus contenidos.

Podrán participar durante el periodo de campañas en entrevistas de carácter noticioso y foros de debate organizados y brindados gratuitamente por el sector público, privado o social, en condiciones de equidad, observando al efecto las directrices y acuerdos que al efecto emita el Consejo General.

Las personas candidatas podrán erogar recursos con la finalidad de cubrir gastos personales, viáticos y traslados dentro del ámbito territorial que corresponda a su candidatura dentro de los periodos de campaña respectivos.

Podrán realizar pagos en efectivo, hasta por un monto total de 20 UMA por operación, siempre y cuando el conjunto de éstos no rebase el diez por ciento (10 por ciento) del tope de gastos personales determinado por la autoridad electoral para el cargo que corresponda.

¿Qué NO podrán hacer los candidatos? 

Estará prohibido el financiamiento público o privado de sus campañas, así como la contratación por sí o por interpósita persona de espacios en radio y televisión o de cualquier otro medio de comunicación para promocionar candidatas y candidatos.

Los partidos políticos y las personas servidoras públicas no podrán realizar actos de proselitismo ni posicionarse a favor o en contra de candidatura alguna.

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Queda estrictamente prohibida la entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona.

Queda prohibido que las personas candidatas, por sí o interpósita persona, hagan erogaciones de recursos públicos o privados para promocionar sus candidaturas.

Restricciones de última hora

Este domingo, durante el arranque de campaña, tres mil 422 candidatas y candidatos comenzaron con restricciones que el INE resolvió a última hora:

Ninguna candidatura podrá hacer uso de eventos con templetes, sonidos o carpas y para que la ciudadanía les escuche sólo pueden usar megáfonos, pero no micrófonos con bocinas profesionales.

Asimismo, el INE vigilará que cada peso que gasten las candidaturas sea propio, por lo que está estrictamente prohibido que amigos, familiares o simpatizantes ayuden. No se pueden hacer rifas, sorteos o donaciones.

Para hacer recorridos casa por casa o participar en algún foro, las y los candidatos sólo pueden trasladarse en sus vehículos particulares. Están prohibidos los "aventones".

Si bien los acompañantes pueden usar una camiseta con el nombre del candidato para hacer campaña, ésta no debe ser proporcionada por el aspirante.

Tampoco se puede rotular el vehículo, ni pintar las bardas o colocar espectaculares.

Por otro lado, si dos amigos jueces o dos amigas magistradas pretenden unirse y sumar esfuerzos, esto implicará otra infracción, pues están prohibidas las campañas colectivas.

El INE también prohibió que los gobiernos federal, estatales o municipales se entrometan en la campaña incluso llamando a participar, pues podrían influir indebidamente en el proceso.

LG

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Jannet López Ponce
  • Jannet López Ponce
  • Reportera de Grupo Notivox desde 2013. Especializada en periodismo político, electoral e inteligencia financiera. Premio Pantalla de Cristal al mejor reportaje con “Revolución feminista en la montaña” y nominación con “Ucrania, la huida”
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