No existieron omisiones en los reportes de gastos de campaña de parte de la candidatura común “Juntos Hacemos Historia en Hidalgo” o de su abanderado, y ahora gobernador electo de la entidad, Julio Menchaca Salazar; sentenció la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al desechar dos Recursos de Apelación (RAP) promovidos por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
En la primer demanda del tricolor se impugnó la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE), el cual desestimó el procedimiento de queja en materia de fiscalización, instaurada en contra de la candidatura común integrada por los partidos del Trabajo (PT), Morena y Nueva Alianza Hidalgo (PNAH), así como de su entonces candidato a la gubernatura, Julio Ramón Menchaca Salazar, en la cual denunciaron la omisión de reportes de pago a representantes de casilla para la jornada electoral del cinco de junio, recurso que debía cuantificarse al tope de gastos de campaña respectivo del aspirante.
La Sala Superior confirmó la resolución de la autoridad electoral ya que la actuación de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) fue conforme a derecho, ya que del análisis del escrito de la queja inicial se desprende que ésta no cumplía con los requisitos establecidos en el Reglamento de Procedimientos, por lo que no existían elementos mínimos indiciarios para que la autoridad ejerciera su facultad investigadora y lo que procedía normativamente era prevenir al instituto político para que subsanara dichas omisiones; igualmente, se encuentra debidamente fundada y motivada, además de que se respetaron los principios de legalidad y exhaustividad, ya que la autoridad responsable valoró adecuadamente la queja inicial y procedió conforme a lo que establece el Reglamento de Procedimientos.
Por otro lado, el TEPJF confirmó la resolución en la cual desechó el procedimiento de queja en materia de fiscalización y acumulado, instaurado en contra de la candidatura común “Juntos Hacemos Historia en Hidalgo”; así como de su entonces candidato a la gubernatura, Julio Ramón Menchaca Salazar, esto por irregularidades encontradas en la revisión de su informe de ingresos y gastos de campaña; así como por el posible beneficio de un medio digital denominado informado.mx el cual, de acuerdo con el PRI benefició al otrora aspirante con 22 publicaciones en redes sociales, cinco de ellas pagadas en la red social Facebook y cerca de 10 espectaculares con valor superior a los 240 mil pesos, además el tricolor acusó que su creación sólo tuvo el propósito de impulsar a Menchaca Salazar, pues data del 17 de septiembre del 2021.
Dicha queja, estimó el órgano jurisdiccional, es infundada porque la resolución fue motivada y exhaustiva al investigar la página de internet, emisora de la propaganda, así como el origen de los recursos utilizados en los espectaculares y en el pautado en la red social Facebook, sin que el apelante desvirtúe las conclusiones de la responsable.
Cabe recordar que la UTF del INE, aunque descartó que este sitio web, aparentemente de noticias, difundiera o contratara publicidad para generar un beneficio o promoción del voto en favor de Morena y su entonces candidato, Julio Menchaca Salazar; dio vista a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) porque no localizaron a las personas responsables del portal, para aclarar de forma adecuada el gasto hecho durante la campaña para renovar la gubernatura.