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Matrimonio igualitario en Puebla: el debate que fue y el que viene

Esta resolución no es la primera en su tipo ni se da de forma aislada; se enmarca en la batalla que se libra actualmente para restablecer la vigencia del marco constitucional.

Al no invalidar las normas, privilegiando su vigencia, se invisibiliza el problema de discriminación hacia la población LGBTTTI porque, con independencia de cómo se interprete un texto al momento de su aplicación, el mensaje del Código Civil continúa proyectando, en su propio texto y de forma literal, la visión de un sólo modelo de familia: la que surge a partir de la unión entre un sólo hombre y una sola mujer. Sin negar que la SCJN ha sido una aliada decisiva en el avance en el reconocimiento del matrimonio igualitario, en este caso la decisión del Pleno no es acorde al paradigma que privilegia la protección de los derechos humanos.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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