El gobernador de la entidad, Alfredo Del Mazo Maza, acordó subsidiar al 100 por ciento el pago de impuesto de tenencia o uso de vehículos a las personas físicas que tengan unidades con un valor menor a 400 mil pesos y motos que no excedan de los 115 mil pesos, siempre y cuando estén al corriente en sus pagos de 2019 y años anteriores y cubran el refrendo del 2020 en los tres primeros meses del año.
El decreto expedido puntualiza que las personas jurídicas colectivas con fines no lucrativos con domicilio en la entidad que tengan unidades que no excedan los costos anteriores, con excepción de los vehículos de la federación, del estado, de los municipios y de sus organismos auxiliares y autónomos que no alcanzan este beneficio.
También abarca a los transportistas concesionarios o permisionarios autorizados por la Secretaría de Movilidad, cuando esas unidades se usen para el servicio público de transporte, sin importar el valor de la factura de la unidad.
En estos casos se toma en cuenta el valor estipulado en la factura de la primera enajenación, como vehículo nuevo del fabricante, ensamblador, distribuidor, importador o empresa comercial, sin tomar en cuenta el Impuesto al Valor Agregado.
Condiciones
Las condiciones para gozar de este beneficio son: ser residente de la entidad, pagar durante la vigencia de este acuerdo, estar al corriente en sus obligaciones fiscales estatales e impuestos coordinados con la federación o municipios, que el estado recaude o administre.
Hacer el trámite durante los primeros tres meses del ejercicio fiscal del 2020, a través del portal de servicios al contribuyente o de manera directa en alguno de los centros de servicios fiscales para obtener el formato de pago.
Para el caso de unidades nuevas o usadas que se adquirieron a través de una importación y se inscriban por primera vez en el Registro Estatal de Vehículos, deben realizar el trámite en los primeros 15 días.
No procederá el beneficio si los vehículos proceden de otra entidad federativa o si son modelos 2013 y no han llevado a cabo el trámite de reemplacamiento durante el 2019, tampoco si tienen adeudos pendientes de tenencia o derechos de control vehicular ni los que durante el 2020 obtengan beneficios de condonación de adeudos de ejercicios fiscales anteriores.
LC