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¿Qué pasa si se quitan los sellos de Clausura o Suspensión de Actividades en Edomex?

Romper o quitar los sellos de Clausurado y Suspendido tiene consecuencias no sólo para la persona responsable del inmueble o negocio; también para quienes lo retiren,

Romper o quitar los sellos de Clausurado y Suspendido tiene consecuencias no sólo para la persona responsable del inmueble o negocio; también para quienes lo retiren, sin importar si son trabajadores que siguieron órdenes de un patrón o vecinos de un predio compartido.

Dependencias que clausuran establecimientos

Los sellos de Clausurado y Suspendido se colocan por diferentes instituciones a nivel local y federal. En el Estado de México las dependencias facultadas para colocar estos sellos son la Procuraduría Federal del Consumidor, la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México, en materia de protección ambiental.

Los Municipios de la entidad también está facultada para realizar suspensiones y clausuras en materia de protección civil, regulación de venta y faltas administrativas; en este segundo aquí entran las casas que construyen o hacen ampliaciones sin permiso de la alcaldía o municipio, también avisos, letreros y espectaculares sin autorización.

También existen otros tipos de sellos emitidos por las autoridades judiciales, los cuales tienen la leyenda ‘Inmueble Asegurado‘; estos se colocan cuando un predio está relacionado con la investigación de un delito o un proceso judicial en curso.

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El sello de Suspensión de Actividades se coloca cuando el local o establecimiento fue auditado por las autoridades y se encontró el incumplimiento de alguna norma de sanidad o comete alguna falta administrativa con las normas de seguridad, calidad o regulación.

Tras pagarse una multa, hacer el trámite correspondiente y la corrección de las causas de multa, estos sellos pueden ser levantados.

Los sellos de clausura son definitivos, se colocan únicamente cuando el inmueble cae en varias ocasiones en los mismos errores y sigue operando sin corregirlos.

Cuando se trata de establecimientos mercantiles, este debe desaparecer por completo, pero no se impide que tiempo después pueda abrirse uno nuevo en el mismo local, incluso con el mismo giro comercial.

¿Qué pasa si quito los sellos?

Romper, alterar, mover o quitar los sellos de clausurado o suspendido es un delito considerado dentro del Código Penal Federal y las leyes locales del Estado de México. A nivel federal las multas por romper sellos son económicas; pero en el ámbito local se suman las sentencias en prisión.

En el Estado de México se determinan de 1 a 7 años de prisión cuando se trata de un estaablecimiento que no cuente con el giro de ventas alcohólicas; en el caso de este tipo de local, la sentencia puede ser de 2 a 10 años de cárcel.

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Cuando el quebrantamiento se haga en sellos colocados en unidades económicas con venta de bebidas alcohólicas, las penas se aumentarán hasta en una mitad.

Cómo levantar los sellos de forma legal

El trámite que se debe realizar dependerá mucho de que institución fue la que colocó los sellos y el motivo. En el caso de la Profeco se tiene que realizar el dictamen de la auditoría, realizar los ajustes pertinentes y pagar la multa correspondiente.

Si se trata de una suspensión en la obra de una casa o edificio particular, entonces se tiene que acudir con la documentación necesaria a las ventanillas únicas municipio para resolver el conflicto.

La mayoría de suspensiones relacionadas con obras civiles terminan resolviéndose en las áreas de Desarrollo Urbano, ahí se obtendrá toda la información sobre el motivo del levantamiento de sellos y la forma en que se pueden retirar.

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