Un Tribunal Federal rechazó amparar a los hermanos Alejandro y Juan Cortez Vallarta, sobrinos del presunto líder de la banda de secuestradores Los Zodiaco, Israel Vallarta Cisneros, quienes pretendían que se investigará y procediera penalmente contra elementos de la extinta Policía Federal (PF) y el ex titular de la Secretaría de Seguridad Pública, Genaro García Luna, por la tortura que sufrieron tras su detención en 2009.
Luego de permanecer siete años presos, se demostró que los hermanos no formaban parte de la banda, tal y como afirmó la dependencia que encabezó García Luna en el sexenio de Felipe Calderón, motivo por el cual fueron absueltos de los delitos que se les imputaron.
Los hermanos declararon que fueron detenidos el 7 de mayo de 2009 por agentes de la PF, y que los trasladaron a las instalaciones de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) en el municipio de Chalco, Estado de México, donde fueron torturados por aproximadamente diez horas con el fin de que se auto inculparan y confesaran ser parte de la organización criminal.
Ahora, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal ratificó el fallo dictado en primera instancia por un juez de amparo, quien señaló que los acontecimientos denunciados ya fueron investigados por la FGR y juzgados por la autoridad judicial.
Asimismo, que no promovieron los recursos que tuvieron a su alcance en su momento para impugnar la reclasificación de delitos contra sus presuntos victimarios, ilícitos que hoy ya están prescritos.
Tanto Alejandro como Juan querían que también se actuará contra un agente del Ministerio Público Federal, así como el ex titular de Inteligencia de la PF, Luis Cárdenas Palomino, el hombre de mayor confianza de Genaro García Luna, entre otros.
La denuncia la presentaron en 2019, en la Fiscalía Especial en Investigación del Delito de Tortura, donde se dio inicio a la carpeta de investigación, pero se determinó el no ejercicio de la acción penal.
Ante esta situación, promovieron un recurso y se llevó a cabo una audiencia ante un juez de control del Centro de Justicia Penal en el reclusorio Sur, quien analizó el tema de tortura y la reclasificación de delitos que realizó la PGR.
Como la resolución no fue favorable, se ampararon. El juez dijo que esas cuestiones fueron ya fueron dilucidadas por la autoridad responsable y que los hechos del 7 de mayo ya habían sido juzgados.
El Tribunal Federal señaló que el juez de control no estaba en posibilidad jurídica de ordenar a la Fiscalía General de la República “investigar sobre la totalidad de los hechos posiblemente constitutivos de tortura”.
IR