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Marina no tendrá que cubrir indemnización

La CNDH no emitió recomendación sobre presunta tortura. En febrero de 2015, la CEAV cubrió la reparación de daño integral.

La Secretaría de Marina Armada de México (Semar) puntualizó que la CNDH no emitió recomendación alguna contra la dependencia por la supuesta tortura que acusó el ciudadano Óscar Augusto Valle Sánchez (el organismo concluyó el expediente de queja en 2013 por haber quedado "sin materia"), e informó que legalmente está imposibilitada para cubrir la indemnización que solicita el denunciante.

Precisó que en febrero de 2015, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) cubrió la reparación de daño integral que se fijó en favor del ciudadano, quien fue liberado por fallas en el "debido proceso" 21 meses después de su detención por marinos registrada en 2011.

La Unidad de Comunicación Social manifestó que es impreciso e improcedente que la CEAV esté a la espera del visto bueno de la Semar para cubrir la indemnización, como declararon públicamente familiares de Óscar Augusto.

Informó que la dependencia no ha admitido que su personal haya incurrido en actos de violación a los derechos humanos ni de tortura contra Valle Sánchez, y agregó que tampoco aceptó que le entregaría una indemnización.

"La Comisión Nacional de Derechos Humanos, desde el 6 de febrero de 2013, notificó a la señora Guadalupe Sánchez Alor, madre de Óscar Augusto Valle Sánchez, la conclusión del expediente de queja CNDH/2/2011/8584/Q, correspondiente a su caso, al haber quedado sin materia para seguir conociendo del asunto, de conformidad con el artículo 125 fracción VIII del reglamento interno de la CNDH. Hasta este momento, la Semar no ha recibido recomendación alguna sobre este caso".

"La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Víctimas, en el mes de febrero de 2015, cubrió la reparación del daño integral fijado por la misma Comisión Ejecutiva en el marco de su Tercera Sesión Ordinaria 2015, celebrada el 21 de enero del mismo año, mediante el cual se determinó procedente la compensación con cargo a los recursos del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral", señaló.

Agregó que el 26 de octubre de 2015, la Unidad de Atención y Procuración a la Ciudadanía de la Semar, atendiendo el derecho de audiencia que consagra el artículo 8 de la Constitución, y conforme a las atribuciones de dicha área, recibió a los padres de Óscar Augusto, quienes expresaron que les fuese entregada otra indemnización (ahora de la Marina) además de lo ya recibido por parte de la CEAV.

En la Semar se explicó que la dependencia está imposibilitada para efectuar algún pago porque sus elementos no incurrieron en violaciones a los derechos humanos, además de que la CNDH no emitió recomendación por la supuesta tortura que acusó el denunciante, y por no existir resolución judicial o legal que así lo establezca.

La institución destacó que siempre ha sido respetuosa y lo seguirá siendo de cualquier observación o resolución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Ratificó además su compromiso con la ciudadanía de que la actuación de su personal se realice en apego al marco jurídico e irrestricto respeto a las garantías individuales.

De acuerdo con los antecedentes judiciales del caso, el médico interno Oscar Augusto Valle Sánchez fue detenido en septiembre de 2011 por elementos de la Marina con base en una denuncia por presunta portación de arma, delitos contra la salud (narcomenudeo) y cohecho.

En 2013, el Segundo Tribunal Unitario dictó que sentencia en la que ordenó su libertad al considerar que existió "demora injustificada" en la presentación de Valle Sánchez ante la autoridad competente, "circunstancia que violó los principios del debido proceso".

La CEAV estableció compensaciones económicas al médico interno y a sus familiares por conceptos de daño moral, lucro cesante, gastos y costas, gastos de transporte, alojamiento, comunicación o alimentación.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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