Un juez federal otorgó una suspensión de plano al ex gobernador de Puebla, Mario Marín Torres, “El gober precioso”, misma que ordena a las autoridades del penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, le permitan entrevistarse con sus familiares y abogados.
El pasado 2 de abril el ex mandatario estatal reingresó a al citada prisión luego de que un Tribunal Federal revocó la medida cautelar de prisión domiciliaria que tenía en el proceso que se le sigue por presunta responsabilidad en el delito de tortura en agravio de la periodista Lidya Cacho.

Tras su internamiento, Mario Marín interpuso una demanda de amparo a través de Pamela de Jesús Ramírez Cruz contra actos del director del Centro Federal de Reinserción Social y otras autoridades, en el que reclama la incomunicación.
Juan Pablo Cortés Torres, juez Primero de Distrito en Materia Penal con sede en la ciudad mexiquense de Toluca le concedió la suspensión para que cesen dichos actos en su contra.
“…la promovente refiere que el aquí quejoso está siendo objeto de incomunicación, cuyo acto constituye aquella situación en la que el individuo no cuenta con una relación interpersonal bidireccional fluida y sana; y que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Materia de Integridad Personal y Privación de Libertad, ha señalado que la incomunicación debe ser excepcional y que su uso durante la detención puede constituir un acto contrario a la dignidad humana”, detalla parte de la demanda de garantías.
En el expediente se menciona que desde su reingreso se le ha negado el acceso a visita por locutorios y comunicación telefónica.
“A fin de salvaguardar los derechos fundamentales de los quejosos, con fundamento en los artículos 125 y 126 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión de plano para el efecto que cese de inmediato el acto reclamado consistente en la incomunicación, que está siendo objeto, así como cualquier diverso acto de los prohibidos por el artículo 22 constitucional, en el entendido que queda a cargo y bajo la responsabilidad de las responsables la integridad física de agraviado”, detalla el acuerdo del juzgador.
La medida cautelar también ordena que se permita a Marín Torres entrevistarse con sus familiares y/o defensor.
Cabe recordar que, Mario Marín se encontraba bajo prisión domiciliaria, con brazalete electrónico y supervisión directa desde agosto de 2024, sin embargo, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), impugnó la decisión.
El Tribunal Colegiado que conoció la apelación estimó que la resolución dictada en beneficio del imputado careció de fundamentación adecuada, no valoró los riesgos procesales y omitió considerar el riesgo de fuga y la gravedad de los hechos imputados.
CHM