Policía

¡Se robó hasta las palomitas! Hombre asalta cine en la colonia Nápoles

La gerente del establecimiento lo identificó y lo entregó a las autoridades capitalinas.

Un hombre, de 28 años de edad, fue acusado de robar mercancía de un cine ubicado entre las calles Montecito y Holbein, de la colonia Nápoles, en la alcaldía Benito Juárez, el domingo 20 de abril.

Oficiales de la Policía Bancaria e Industrial (PBI), de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, recibieron el reporte de lo sucedido por parte de una mujer, de 45 años de edad, quien se identificó como gerente del cine.

¿Qué dijo la denunciante?

La testigo explicó que el presunto ladrón comenzó a sustraer varios productos del área de resguardo de alimentos e intentó llevárselos.

Ante esto, los policías bancarios le realizaron una revisión de seguridad al sospechoso, quien se encontraba aún en el lugar de los hechos.

Posteriormente, le aseguraron diversos productos perecederos, de los que no mostró el ticket de compra, por lo que el hombre fue detenido y, junto con lo asegurado, fue presentado ante un agente del Ministerio Público correspondiente, quien se encargará de definir su situación jurídica.

¿Cómo se castiga el robo en CdMx? 

Para fines legales, en el artículo 369 del Código Federal se menciona que, el robo se da por consumado desde el momento en que el ladrón tiene en su poder el objeto que no es de su pertenencia; aun cuando la abandone o lo desapoderen de ella.

En cuanto a la fijación del valor de lo robado, así como la multa impuesta, se tomará en consideración el salario en el momento de la ejecución del delito, se lee en el artículo 369 Bis.

Por otra parte, en el artículo 370 —del mismo Código— se indica que, la pena por robo es de hasta dos años de prisión siempre y cuando el valor de lo hurtado no exceda de cien veces el salario; de lo contrario se impondrán penas de hasta cuatro años y 10 cuando el valor de lo robado exceda quinientas veces el salario.

Mientras que las multas van desde cien hasta quinientas veces el salario.

Sin embargo, en el artículo 372 se especifica que en caso de que el robo se lleve a cabo con violencia, la pena puede aumentar de seis meses a cinco años de prisión; mientras que si el acto ilícito constituye otro delito, se aplicarán las reglas de la acumulación.

Cabe mencionar que, esta violencia puede ser tanto física como moral:

  • La violencia física aplica cuando se ejerce fuerza material sobre la víctima para cometer el robo.
  • La violencia moral aplica cuando el ladrón amaga o amenaza a una persona con un mal grave, presente o inmediato, capaz de intimidarlo.

En cuanto al robo con violencia también se contempla:

  • Cuando éste se haga a una persona distinta de la robada, que se halle en compañía de ella.
  • Cuando el ladrón la ejercite después de consumado el robo, para proporcionarse la fuga o defender lo robado.
  • Además, las penas por robo pueden aumentar de dos a siete años de prisión cuando se cometa por una o varias personas armadas  o que utilicen o porten un objeto peligroso, por ejemplo un arma de fuego o un arma blanca.
  • De igual forma, un juez puede suspender los derechos de patria potestad o tutela del ladrón de un mes a seis años.


RM




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Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Hoy editor de noticias, algún día presentador de TV. La vida me puso en la sección de policía, pero yo decidí entre ser el periodista bueno o malo. Fan de los deportes
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