La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó los procesos del Congreso de Nuevo León que dieron origen a reformas a la Constitución, así como a la expedición de las leyes del Sistema Anticorrupción y la Orgánica de la Fiscalía General de Justicia.
Durante la sesión pública del Pleno del máximo tribunal del país, realizada a través de videoconferencia, los ministros consideraron que no se dieron violaciones al procedimiento legislativo con efecto invalidante.
Está resolución de la SCJN deriva de una controversia constitucional promovida en 2017 por el gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, El Bronco.
Como parte de su fallo, el Pleno del máximo de también ordenó al Congreso del estado a emitir un pronunciamiento sobre la iniciativa de reforma presentada por el Poder Ejecutivo del Estado al sistema normativo que regulaba la entonces Procuraduría General de Justicia.
"Con el silencio del Poder Legislativo se generó una violación a los principios de legalidad y división de poderes, establecidos en los artículos 16, 41 y 116 de la Constitución general”, expusieron.
Además, el Pleno de la SCJN invalidó la facultad del Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción local para emitir resoluciones vinculantes, por resultar excesiva y carente de equivalencia en el Sistema Nacional Anticorrupción, lo que actualizaba una violación a los principios de legalidad y división de poderes.
El máximo tribunal del país también invalidó la disposición donde se preveía que el auditor general del estado sería designado por la votación de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura local, al resultar violatoria de lo establecido en la Constitución Federal, donde se dispone que esa elección se llevará a cabo por la votación de dos terceras partes de los miembros presentes de las legislaturas locales.
Asimismo, el Pleno invalidó los preceptos que permitían extender los alcances de la extinción de dominio, por resultar contrarios a lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Federal.
En este asunto, la SCJN validó, entre otros aspectos, los relativos a la facultad del Congreso local para legislar en relación al sistema anticorrupción, así como en materia de responsabilidades administrativas.
También válido la facultad del Comité de Selección del Sistema Anticorrupción local para nombrar a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana de dicho sistema, así como para participar en el procedimiento de designación del auditor general, el fiscal general de Justicia, el fiscal especializado en Combate a la Corrupción, el fiscal especializado en Delitos Electorales y el magistrado de la Sala Especializada en Materia de Responsabilidad Administrativa.
Finalmente validó el procedimiento de designación del magistrado de la Sala Especializada, del Fiscal General y de los Fiscales Especializados; y la regulación del Ministerio Público y de la Fiscalía General.
bgpa