Un hombre amenazó con un arma de fuego a elementos de la Policía Bancaria e Industrial (PBI) de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México.
Ante esto, los oficiales detuvieron al hombre y le realizaron una revisión, en la que le hallaron una granada de fragmentación, narcóticos y un objeto punzocortante, además del arma de fuego y cinco cartuchos.
Los hechos ocurrieron mientras los policías capitalinos realizaban acciones de seguridad y prevención de ilícitos en las calles Abedules y Pocitos, en la colonia Lomas de Los Cedros, de la alcaldía Álvaro Obregón, cuando notaron que un hombre manipulaba lo que parecía ser una pistola.
La SSC informó que, cuando los oficiales se aproximaron al sospechoso, éste los apuntó con el arma de fuego y los amenazó con dispararles.
Posteriormente, “los policías aplicaron técnicas de contención y dialogaron con el hombre para tranquilizarlo y en un momento, en una rápida acción, uno de los oficiales lo sujetó, le quitó el arma de fuego y, enseguida, conforme a los protocolos de actuación policial, le realizaron una revisión preventiva”.
En posesión de una granada de fragmentación, un arma de fuego corta y dosis de posible droga, un hombre fue detenido por personal de la #SSC en @AlcaldiaAO. https://t.co/bISkwPb3Zq pic.twitter.com/CzhAc4r6cW
— SSC CDMX (@SSC_CDMX) June 24, 2024
Cabe mencionar que el hombre traía una mochila, en la que las autoridades hallaron siete bolsas con cierre hermético que contenían una sustancia sólida amarillenta similar a la cocaína en piedra; un cuchillo de aproximadamente 22 centímetros de largo; y varias llaves para automóviles de las cuales no acreditó su legal posesión.
Finalmente, el hombre, de 59 años de edad, fue detenido y presentado, junto con lo asegurado, ante un agente del Ministerio Público, quien determinará su situación legal y se encargará de iniciar la carpeta de investigación correspondiente.
¿Cuándo denunciar una amenaza?
El Código Penal de la Ciudad de México señala que se considera un delito los actos de amenazas cuando:
- Si los daños con que se amenaza son leves o evitables;
- Si las amenazas son por medio de emblemas o señas, jeroglíficos o frases de doble sentido, y
- Si la amenaza tiene por condición que el amenazado no ejecute un hecho ilícito en sí. En este caso también se exigirá caución al amenazado, si el juez lo estima necesario.
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