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Corte rechaza atraer caso de ‘El Chapo’ por detención sin orden de cateo

Joaquín Guzmán buscaba anular el juicio por posesión de armas de fuego y de cartuchos y recobrar su libertad con el argumento de que su detención en 2014 se realizó sin una orden de cateo.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó las esperanzas de Joaquín 'El Chapo' Guzmán, quien pretendía echar abajo el proceso penal que se inició en su contra tras su reaprehensión por parte de elementos de la Secretaría de Marina, el 22 de febrero de 2014, en Mazatlán, Sinaloa.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Sala rechazó ejercer su facultad de atracción para conocer del recurso de revisión que interpuso el líder del cártel de Sinaloa contra la sentencia de un Tribunal Unitario que se negó a concederle un amparo. Ahora, el expediente será regresado a un Tribunal Colegiado, quien determinará si confirma, modifica o revoca el fallo del juzgado inferior.

El capo buscaba anular el juicio por posesión de armas de fuego y de cartuchos de uso exclusivo de las fuerzas armadas, y por ende recobrar su libertad, bajo el argumento de que su detención se realizó sin una orden de cateo, en una de las habitaciones del Hotel Suites Miramar, en Mazatlán.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentó un proyecto de sentencia en el que propuso no atraer el caso, porque no existen elementos para que la Corte conozca del asunto. Lo apoyaron los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Norma Lucía Piña Hernández y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

El único votó en contra fue el del ministro José Ramón Cossío Díaz, quien dijo que había elementos que la Corte debía analizar.

El 28 de octubre de 2015, Cossío presentó un proyecto donde pidió atraer el caso, pero éste fue rechazado por tres ministros más, por lo que el asunto fue turnado al ministro Pardo Rebolledo, quien ahora presentó el nuevo proyecto de sentencia.

Durante la sesión, pero bajo la ponencia del ministro Zaldívar Lelo de Larrea, también se rechazó atraer el recurso de revisión que promovió en el mismo sentido, Carlos Hook Ramírez, escolta del Chapo, quien también fue detenido por los marinos en el mencionado hotel.

Joaquín Guzmán alegó que el Segundo Tribunal Unitario del Décimo Segundo Circuito no le concedió la protección de la justicia, pese a que su detención con armas de fuego y cartuchos en el hotel de Mazatlán se realizó sin una orden de cateo emitida por un juez.

También argumentó que no pertenecía a ningún cártel y que se dedicaba a la agricultura, particularmente al cultivo de granos de maíz, sorgo y cártamo; mucho menos que conocía a personas relacionadas con la delincuencia organizada.

El 10 de marzo de 2014, el juez Tercero de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales con residencia en Toluca, en auxilio del juzgado 10 de Distrito de Sinaloa, dictó auto de formal prisión contra El Chapo por su presunta responsabilidad en los delitos de posesión de armas de fuego y posesión de cartuchos.

De acuerdo al parte informativo de los marinos que capturaron a Joaquín Guzmán el 22 de febrero de 2014, la ubicación del delincuente se realizó al estar circulando a bordo de unidades oficiales por la Avenida del Mar, en Mazatlán.

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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