Política

Invalidez de elecciones y Estado laico

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha anulado varios resultados de elecciones por violaciones a la separación Estado-Iglesias y al principio de laicidad. El expediente SUP-REC-1092/2015 contiene la sentencia que confirma la anulación “… pues el entonces candidato a la Presidencia Municipal de Ciahutla, Estado de México, participó en un evento religioso (misa), en el que se distribuyeron invitaciones entre la población a ‘la misa de bendición’ […]  El principio histórico de separación Iglesias-Estado consagrado en el 130 de la Constitución del país no se respetó y se convirtió en la razón para la nulidad de esa elección.

Caso similar es del Yerécuaro, Michoacán, en 2007. El entonces candidato a la presidencia municipal asistió a diversos actos de carácter religioso, inició su campaña con una misa, participó en celebraciones de fiestas patronales y religiosas y utilizó imágenes religiosas –la de Judas Tadeo– en campaña.

Al final de esa campaña, agradeció con una misa de acción de gracias a todos los que votaron por él.  Nuevamente, la violación al principio histórico de separación Iglesias-Estado fue la causal para la anulación.

En 2003, se anuló la elección de una diputación federal en Zamora, Michoacán, porque un partido político emitió propaganda en radio con alusiones religiosas evidentes y utilizó un folleto con íconos religiosos, por lo que se consideró que se había influenciado indebidamente al electorado.

La invalidez de elecciones por violación al principio de separación entre las Iglesias y el Estado es un tema que no hay que perder de vista.

En Tlaquepaque, recientemente, el Tribunal utilizó el mismo argumento pero sin demostrar una relación causal o sustancial entre la candidata Citlalli Amaya y el tercero involucrado, el cardenal emérito Juan Sandoval.

Tampoco demostró que ella había usado símbolos religiosos o que había emitido mensajes para su campaña con contenidos religiosos.

En Tlaquepaque no se aportó ninguna prueba que confirmara la violación a la Constitución y justificará la decisión del Tribunal que ha entendido que un principio de constitucionalidad vence al de la legalidad.

Sara S. Pozos

sarapozos.com


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Sara S. Pozos Bravo
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