La objeción de conciencia ha sido un tema poco difundido y debatido; incluso se ha obviado hablar de él, quizá en afán de no abrir puerta a la negatividad del personal médico para realizar procedimientos. Por ello es importante ponerlo sobre la mesa, puesto que responde a una garantía de derechos humanos.
Se trata de un concepto legal y ético que señala el derecho de una persona a rechazar participar en determinadas acciones debido a creencias religiosas, preferencias morales, convicciones éticas u opiniones personales profundamente arraigadas. En el ámbito de la salud esto implica que profesionales de la salud pueden negarse a realizar procedimientos médicos o proporcionar servicios que vayan en contra de sus convicciones personales a las que brinda validez.
La importancia de la objeción de conciencia radica en el respeto y garantía a la libertad de conciencia y la protección de la autonomía individual en el ejercicio de la práctica médica. Al permitir que las personas no se vean forzadas a realizar actos que no desean promueve la diversidad de opiniones y valores en la sociedad.
Esta cuestión también plantea desafíos en el acceso al derecho a la salud, ya que puede generar conflictos entre el derecho de una persona a la objeción de conciencia y el derecho de pacientes a recibir atención médica oportuna y acceder a servicios de salud legalmente establecidos. La regulación entre ambos se logra a través de los principios de derechos humanos donde se ponga por encima de todo el bienestar de la persona que es paciente; impulsar el desarrollo de la ciencia para generar bienestar debe ir de la mano de la garantía de los derechos y dota a la medicina de un sentido social. Por ello la reciente aprobación de la reforma a la Ley General de Salud en la Cámara de Diputados ha vuelto a poner el debate a la luz, ya que busca garantizar este derecho y asegurar que todos los hospitales cuenten con personal no objetor de conciencia, a fin de no poner en entredicho la atención pronta, de calidad y evitar negligencias.