La figura de outsourcing o subcontratación es el conjunto de prácticas en el que una empresa contrata a una compañía externa -o tercera- que se especializa en brindar los servicios de trabajadores y se encarga, además, de administrar la relación laboral entre los trabajadores y la empresa que brinda trabajo.
Esta modalidad de administración de personal de una empresa puede representarse en dos polos opuestos: existen aquellas empresas que cumplen la ley, ofreciendo un servicio de excelencia tanto a quienes emplean como al empleado, pero también están quienes actúan al margen de la ley para evitar cumplir con sus responsabilidades patronales, afectando a las y los trabajadores.
El acceso del outsourcing, cuando es utilizado de forma correcta, permite potenciar el acceso a oportunidades de empleo formal y el aumento de la competitividad laboral en nuestro país.
Bajo esta modalidad de contratación, se han generado muchos empleos en todos los sectores de actividad económica del país. En el periodo de 2004 a 2014, la contratación bajo subcontratación experimentó un crecimiento del 48%, según datos del INEGI. El mismo Instituto apunta que, en 2013, poco más de tres millones de trabajadores especializados fueron empleados bajo este esquema. En la actualidad, la Secretaría del Trabajo estima que el outsourcing emplea a unos 5 millones de trabajadores.
La subcontratación cumpliendo con todo lo estipulado en la ley, permite reducir costos de administración de personal, capacitación y manejo de nóminas; permitiendo a las empresas enfocarse en las líneas principales de sus negocios y potenciar su competitividad.
No obstante, es una realidad que esta forma de contratación ha sido utilizada en algunos espacios de forma inadecuada para simular el cumplimiento de responsabilidades patronales, como las aportaciones a la seguridad social del trabajador o el pago de impuestos. Lo anterior no solo va en perjuicio de trabajadores, sino de las instituciones de Gobierno que se ven afectadas con menos recaudación.
Según datos recopilados por la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano, el 90% de las empresas que realizan este tipo de contratación en nuestro país no cumplen con los requisitos establecidos y las disposiciones laborales y fiscales exigidas por la ley. El IMSS, por otro lado, estima que alrededor de 21 mil millones de pesos anuales son defraudados al Instituto por algunas empresas.
En los próximos días, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República analizarán si se realizan cambios a un dictamen propuesto en la materia.
Sin duda, la figura de subcontratación merece fortalecerse con miras a robustecer los mecanismos de control que protejan a las y los trabajadores a la vez que impulsa la competitividad desde la formalidad. Resulta pertinente el fortalecimiento de un sistema que, al mismo tiempo, respete y proteja los derechos de los trabajadores e impulse la competitividad y la formalidad. Es necesario fortalecer la coordinación interinstitucional entre las distintas dependencias federales para robustecer la inspección y vigilancia de esta modalidad de contratación, con miras a tener control y monitoreo cercano del sector para evitar malas prácticas. También valdría la pena promover y fortalecer las acciones que capaciten a los trabajadores para que conozcan y defiendan sus derechos. Ante un contexto de crecimiento cero, es necesario solidificar las capacidades del Estado para sancionar prácticas que vayan en contra de los derechos laborales.
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