Este concepto es una aportación cultural de los woldys y de México al mundo: en ninguna de las 198 Constituciones del sitio Constitute Project aparece– ¡ni siquiera en la mexicana!-, ya sea bajo ese nombre o su equivalente en inglés malapportionment, que hace referencia a la desproporción existente entre los escaños que se obtienen por cada partido y el diseño poblacional o territorial de sus distritos. Argumentar de Sobre y Subrrepresentación es una tautología. No existe sistema electoral alguno que logre convertir exactamente porcentajes de votación en porcentajes de representación.
El debate es si la asignación de diputados de Representación Proporcional debe hacerse por coalición o por partido. No obstante que la Constitución, desde 1996, claramente establece que debe hacerse por partido, hasta 2008 se hacía por coalición, debido a que las coaliciones aparecían en la boleta electoral, en un solo recuadro. Hoy -debido que a los partidos lo que les interesa son las prerrogativas y el poder participar en el “reparto del pastel” en un eventual gobierno de coalición-, ahora compiten por separado, aunque postulen al mismo candidato, por lo que en realidad son candidaturas comunes y no coaliciones.
La Constitución dice que ningún partido podrá tener un número de diputados “que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación”. Si se hiciera por coalición, a la triunfadora le corresponderían 313 diputados; y si se hace por partido debe tener 369. Y entonces ponen el grito en el cielo: ¿cómo con el 54.6% de la votación se hacen del 73.8% de los diputados? (en el Reino Unido, el Partido Laborista con el 33.7% de la votación acaba de lograr el 63.3% del Parlamento, y nadie lo cuestiona). Si se hiciera por coalición, la perdedora lograría 50 diputados más, pero afectaría las prerrogativas de sus partidos (que les pregunten a sus líderes partidarios si están de acuerdo). El ligero problema para ellos es que la Constitución, la LGIPE, y el Acuerdo INE/ CG 645/2023 dicen que debe ser por partido.
Paradojas de la vida: los que hoy hablan de sobrerrepresentación, son los mismos que en abril de 2022 votaron en contra de la iniciativa del Presidente de la República que proponía eliminar 200 diputados y que solo hubiera 300 por representación proporcional pura. Si lo hubieran aprobado, esta discusión no existiría y quizá hubieran resultado beneficiados. Además, no tienen por qué preocuparse: la ley dice que las coaliciones electorales terminan el día de la elección, y a partir de ahí “cada chango a su mecate”.