Política

Justicia en transición

Orden Público significa la armonización -praxeológica- de los valores, principios, directrices y reglas fundamentales e institucionales en que se basan los regímenes jurídicos que a su vez, preservan los intereses generales e individuales que mantienen la paz, el desarrollo, la justicia y el bienestar de nuestra civilización. La autonomía de la voluntad representa esa inteligencia, libertad individual y colectiva que tutela intereses e intercambia relaciones jurídicas, siempre dentro del equilibrio público y privado para con el orden público; toda manifestación contraria debe ser corregida y reprimida.

El estado de derecho tiene como fundamento el que todos (gobernantes y gobernados), desde cualquier individuo hasta el Estado mismo, deben ajustar su actuar a las leyes que promulgan y cumplirlas con independencia por igual. Bajo un régimen de estado de derecho toda autoridad pública queda obligada a aplicar en su función los principios de: a) primacía de la ley, b) igualdad ante la ley, c) rendición de cuentas ante la ley, d) equidad en la aplicación de la ley, d) separación de poderes, e) participación en la adopción de decisiones, f) no arbitrariedad, y g) transparencia procesal y legal. Sólo de esta manera gozará de legitimidad, vital para la gobernanza por medio de la ética pública y la moral social; mecanismos que fomentan la confianza y el respeto.

La prestigiada organización internacional -sin fines de lucro- World Justice Proyect publica anualmente un informe sobre la calidad de estado de derecho, en el más de reciente ubica a nuestro país dentro de los del grupo de una renta media alta ocupando un lejano lugar 79 de 102 del índice, con un score de .47 sólo por encima de algunos países de la Región de América Latina y el Caribe y estando muy distante de los primeros lugares de la lista (países nórdicos). De entre los diversos factores que se miden, esta fue nuestra puntuación mexicana: a) Limitaciones al poder del gobierno: 61, b) Combate a la corrupción: 88, c) Gobierno abierto: 42, d) Derechos fundamentales: 56, e) Orden y seguridad: 99, f) Aplicación de regulación: 53, g) Justicia Civil: 82 y, h) Justicia Penal: 93. Vale la pena recordar el informe se nutre de datos de las tres principales ciudades del país y que en nuestro país no se mide el noveno factor de "Justicia Informal", relativo a la consecución de la paz por medio de usos y costumbres.

En la última Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana realizada por el INEGI, el 69% de la población considera que vivir actualmente en su ciudad es inseguro, y la atestiguación de las principales conductas antisociales fue de: a) 71.2% para el consumo de alcohol en las calles, b) 65.3% robos o asaltos, c) 58.5% vandalismo, d) 42.1% venta o consumo de drogas, e) 33.5% bandas violentas o pandillerismo y f) 21.2% disparos frecuentes con armas.

Como personas, familia, amigos, sociedad, etc. necesitamos producir mayor cantidad y mejor calidad de orden público, estado de derecho y de autonomía de la voluntad; debemos posibilitar un mejor presente y futuro individual y colectivo. Salud, alegría y prosperidad son derechos humanos teóricamente reconocidos en nuestros textos fundamentales, ahora toca a nosotros el hacerlos efectivos para todos; sin pretexto alguno.

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Hernán Mejía López
  • Hernán Mejía López
  • Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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