Ya comentamos en este mismo espacio (22 de agosto de 2018) que a pesar de su declarado juarismo, la actual administración federal, ignora los principios juaristas y procede de manera semejante a su némesis, Antonio López de Santa Anna, quien en 1853 buscó revertir el régimen constitucional federal y apropiarse de los fideicomisos de entonces: “los bienes en posesión del Supremo Gobierno que se consideraban de los estados y territorios, quedan a disposición del primero”. También enviando a los estados a comandantes generales que rivalizaban con los liderazgos locales.
La reciente iniciativa en materia electoral sigue el mismo derrotero. La credibilidad de las autoridades electorales se deriva del esfuerzo de treinta años de mejorar el perfil ciudadano de los consejeros y la profesionalización del personal del INE. Se propone ahora, que los tres poderes propongan candidatos a consejeros y magistrados electorales y que éstos hagan campaña. Obviamente esto politizaría esas posiciones, los aspirantes podrían apoyarse en las estructuras electorales de los partidos, lo que podría comprometer su imparcialidad y neutralidad, así como minar su credibilidad (durarían en su encargo seis años, cuando lo adecuado son periodos más largos y escalonar los relevos). De igual forma, en el régimen Santa Annista, los senadores eran propuestos por los poderes, lo que derivó en el desprestigio total del Senado.
Se propone una reducción -muy desable- de legisladores, pasando de 500 diputados a 300 ,y de 128 senadores a 96. Sin embargo, se establece como sistema único la representación proporcional, al realizarse la elección por un sistema de listas estatales. Este sistema desarraiga la representación de intereses locales, toda vez que el orden de las listas las definen los partidos sin que el elector pueda votar directamente por un candidato de su comunidad o de reconocimiento local (no habría distritos electorales, sino una sola lista estatal).
Uno de los principales caballos de Troya de la reforma: se elimina el límite al número de diputados que pueda tener un solo partido. Actualmente, el artículo 54 de la Constitución, fracción V establece que ningún partido pueda, por sí mismo hacer cambios a la Constitución (se necesitan 333 votos). Esto busca incentivar la deliberación y el consenso en torno a la mejor opción en cambios fundamentales. Sin embargo, este régimen está diseñado para el monólogo; no para el diálogo. También el afán centralizador y el desdén por lo local se manifiesta en que desde la Constitución se limita el número de regidores de los municipios, según su población, lo que provocaría que en la toma de decisiones y operación municipal, prevalecerían los funcionarios designados sobre los electos. A la voz de “fuera de México todo es Cuautitlán”, 2,038 de los 2,471 municipios del país, con menos de 60 mil habitantes, sólo tendrían un regidor. Sólo 11 municipios y dos demarcaciones de la Ciudad de México tendrían hasta 9 regidores. Siguen los intentos de desmontar a las instituciones independientes y los contrapesos constitucionales. La Ideología contra la razón.
Guillermo Raúl Zepeda Lecuona