El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió la regulación tarifaria aplicable a Teléfonos de México y Teléfonos del Noroeste, de conformidad con la condición 6 de sus respectivos Títulos de Concesión.
En un comunicado, el Ifetel explicó que el control tarifario vigente para el periodo 2015-2018, se aplica a los servicios públicos de telefonía básica, como son el servicio local residencial y comercial (que incluye cargo de instalación de línea, renta básica y tarifas por servicio medido), así como el servicio de larga distancia internacional (que incluye la tarifa por servicio residencial o comercial a Estados Unidos de América, Canadá, y demás países).
Por otro lado, el pleno también resolvió establecer los parámetros del sistema de precios tope que deberá aplicar el Agente Económico Preponderante (AEP) en el sector de telecomunicaciones para el periodo 2015-2016 (Telmex/América Móvil), de conformidad con la medida Cuadragésima del anexo de servicios fijos de las Medidas de Preponderancia.
Dichos precios se aplican a los siguientes servicios de telecomunicaciones fijos, como el servicio local fijo, compuesto por el cargo de instalación por línea, la renta básica por línea, las tarifas por servicio local medido y las tarifas por llamadas locales realizadas desde teléfonos fijos que terminan en teléfonos móviles bajo la modalidad “El que llama paga”.
Además de los servicios de acceso a Internet de banda ancha fija desagregado por velocidades ofertadas y servicios de larga distancia.