Las organizaciones civiles, activistas en pro de los derechos de la mujer, académicos de las distintas universidades públicas y privadas de La Laguna participaron el pasado fin de semana en el módulo de "Aproximaciones conceptuales de la trata de personas. Marco jurídico nacional e internacional", como parte del diplomado "Las víctimas de género en el Nuevo Sistema de Justicia Penal en México".
En el evento, intervino María del Rocío Cepeda Magallón, especialista en comportamiento humano, terapia familiar sistémica, especialista en violencia certificada por la Universidad de Michigan, con una decena de diplomados en trata de personas por diversas universidades del mundo.
En México, el delito de trata de personas se encuentra tipificado en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, desde 2007 y en diversos códigos penales y leyes especiales, sin embargo falta la homologación en todos los estados del país, advirtió la especialista.
Señaló que una de las cuestiones que salta inmediatamente [OBJECT]a la vista de quien analiza las sentencias de la Suprema Corte y las leyes (abrogadas y vigentes) que pretenden regir a los trabajadores sexuales, es la falta de certidumbre sobre el estatus lícito o ilícito de la actividad y de quienes la ejercen.
"En México no está reglamentada la prostitución y eso abre el panorama para la trata de personas", manifestó.
"El artículo quinto constitucional establece que la licitud es uno de los límites a la libertad de trabajo. Actualmente, ninguna ley prohíbe el ejercicio de la prostitución. Sin embargo, no es clara la postura de los tribunales sobre la licitud de dicha actividad. En consecuencia, tampoco es clara la interpretación que debe darse a la ausencia de prohibición a nivel legislativo", agregó.
A finales de los años 30 del siglo pasado, la Suprema Corte determinó que, por tratarse de una "necesidad biológica y social", era imposible que el derecho suprimiera la prostitución. En una afirmación un tanto curiosa, sostuvo también que, si bien la prostitución era tolerada por la ley, no por ello era lícita.
Dado que la trata de personas es una actividad criminal y como tal las organizaciones involucradas operan en la clandestinidad, actualmente no se cuenta con un cálculo absoluto del número de personas afectadas por este delito en el país.