El paciente tenía una fractura de clavícula pero al momento de hacerle otros estudios no le detectaron otras complicaciones y lo mandaron a su casa, muriendo horas después.
De acuerdo a los dictámenes realizados después que la familia presentó la queja ante la CEDH, se comprobó que en esos estudios ya se definía que traía otra afectación y actuaron inadecuadamente.
"De acuerdo a la investigación y en base al expediente médico revisado por el colegio de profesión médica de San Luis Potosí, el joven debió haber permanecido en observación y debieron inmovilizarlo, por lo que no se dio un trato médico adecuado", señaló Jorge Vega Arroyo.
Una vez derivada en una recomendación, la Secretaría de Salud debe reparar el daño y de acuerdo a la Ley General de Víctimas y la Ley del Trabajo, son 5 mil días de salario mínimo, que significan 306 mil 900 pesos.
"La recomendación fue aceptada y nos dicen que van a sancionar al doctor, que ya están en contacto con la familia para efecto del pago de la reparación del daño, están dentro del plazo de los 45 días y hay que esperar que se cumpla hasta que sea satisfecho el pago mediante un acuerdo", señaló.