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Comisión de Derechos Humanos de SLP pide alerta de género

En el período de 2011 a 2015 se han registrado en la entidad 124 homicidios de mujeres en el estado, de los cuales la Procuraduría General de Justicia solo reconoce 37.

 

La Comisión Estatal de Derechos Humanos dio a conocer el Informe Especial Sobre la Situación de Respeto a los Derechos Humanos de la Mujer, en el que se concluye que es necesaria una declaratoria de alerta de género. En el período de 2011 a 2015 se han registrado en la entidad 124 homicidios de mujeres en el estado.

De esos 124 casos, la Procuraduría General de Justicia, solamente ha documentado doce en los que se ha detenido a los responsables y se ha llegado hasta la conclusión legal con la aplicación de la sentencia por parte de un juez.

La CEDH denuncia que la Procuraduría no se apega a los protocolos legales y aunque se trata de feminicidios, los cataloga como muertes violentas, por eso, de las 124 muertes violentas, solo 37 fueron clasificados como feminicidio.

La mayor parte de las mujeres asesinadas tienen una edad de entre 25 y años, mientras que la mayor parte de los casos se han presentado en los municipios de San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Tamuín, Ciudad Valles y Tamazunchale.

En ese período de febrero de 2011 a 2015, la Procuraduría General de Justicia ha recibido 147 denuncias por asesinato de mujeres.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos solicita al gobernador, Juan Manuel Carreras López, la creación de una fiscalía especializada y de un grupo especial en la Policía Ministerial para la denuncia e investigación de feminicidios en el estado.

Ante el Informe de la CEDH, la Procuraduría General de Justicia rechazó su contenido y descartó que sea necesario declarar la alerta de género en San Luis Potosí. El procurador Federico Garza Herrera dijo respetar el Informe, pero aseguró que no coincide con las cifras de la Comisión.

El ombudsman potosino, Jorge Vega Arroyo, consideró que uno de los principales problemas para la tipificación del feminicidio como delito, es la manera ambigua y errónea en que está descrito en el Código Penal en el que no sólo no aclara las condiciones en que debe presentarse el crimen sino que incluso tiene errores de ortografía, por lo que sugirió propuestas para reformar los artículos correspondientes a fin de evitar huecos legales y se sancione como corresponda a quien resulte responsable.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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