CNDH recomienda a Pemex indemnizar a mujer

Por caso de violencia obstétrica que provocó pérdida del producto por gestación en el Hospital regional de Petróleos Mexicanos en Ciudad Madero.

Por caso de violencia obstétrica que provocó la pérdida del producto de la gestación en el Hospital regional de Petróleos Mexicanos en Ciudad Madero, la CNDH emitió una recomendación para que se indemnice a la mujer.

Asimismo se pidió que sea inscrita en el Registro Nacional de Víctimas para que tenga acceso en lo conducente al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, pues la denunciante asegura que también hubo violaciones al Derecho a la Protección de la Salud.

Fue el pasado 27 de septiembre del 2016, cuando fue recibida la queja en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en la que denunció las violaciones antes señaladas que propiciaron la pérdida del producto de la gestación durante el labor de parto.

Explicó que acudió al Hospital Regional para recibir atención médica por la pérdida de líquido amniótico, razón por la cual fue canalizada y se mantuvo en observación durante todo un día.

Posteriormente médico comenzó a inducirle el parto natural, sin tomar en cuenta
la diabetes gestacional que presentaba puesto que el producto de la gestación pesaba más de cuatro kilogramos.

Afirma que el médico ignoró por completo que en diversas ocasiones le manifestó su deseo de que el parto fuera por cesárea; todo lo cual, produjo sufrimiento tanto para ella como para su bebé.

A esto se le suma que durante la atención del parto, el personal se condujo con expresiones inapropiadas, afirmó la víctima. Dijo que el ginecólogo en repetidas ocasiones le decía “puja, puja, puja”, la persona encargada de emplear la anestesia al querer aplicarla le comentaba “gorda por gorda no podemos ponértela”, “¡no cooperas por eso tu hijo no sale!”, ante estos hechos, los residentes se “subieron al vientre para hacer que el bebé saliera”.

La quejosa indicó que otro médico solicitó meterla al quirófano para una cesárea obteniendo una negativa por quien estaba como responsable. “El personal médico que se encontraba presente escuchó cuando el cráneo del bebé fue fracturado”. Después se dirigieron a ella para decirle “tu no cooperaste por eso tu hijo murió”.


Con motivo de los hechos la Comisión Nacional inició la integración del expediente de queja CNDH/4/2016/7971/Q solicitando información y copia del expediente clínico a Servicios de Salud de Petróleos Mexicanos (PEMEX); asimismo, se realizaron las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

En atención al conjunto de evidencias que obran en el expediente en términos de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, este Organismo encontró elementos de convicción suficientes, que acreditan vulneración a los derechos humanos.

Al acreditarse violaciones a la protección a la salud, que tuvieron como consecuencia la pérdida del producto, decidieron que la autoridad responsable deberá indemnizar. A fin de cuantificar el monto de la indemnización, deberán atenderse diferentes parámetros de los daños.

JACM

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Pablo Reyes
  • Pablo Reyes
  • Periodista con experiencia en cobertura política, social y nota roja. Colabora en secciones de local, regional, estatal y nacional en televisión, radio, impreso y web.
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