La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) deberá informar cuáles son los términos y condiciones en los que se usa el Estadio Olímpico Universitario por parte del equipo de futbol soccer Pumas, así como explicar cuáles son los beneficios que obtiene la máxima casa de estudios por el uso que se le da al inmueble.
Así lo resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en su sesión de este miércoles, al resolver el recurso de revisión de un ciudadano que se inconformó con la respuesta que le dio la máxima casa de estudios en una solicitud inicial.
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El ciudadano pidió a la Universidad que le entregara la documentación en la que se establecen las condiciones para el uso del estadio y otras instalaciones universitarias por parte del Club Universidad Nacional, Pumas, así como los documentos en los que se describan los beneficios económicos o de cualquier otra naturaleza que obtiene la UNAM por permitir o ceder el uso de dichos inmuebles.
En respuesta, la UNAM respondió que esa información se encontraba en la escritura constitutiva del club y en la Gaceta UNAM del 14 de julio de 1975, además en un contrato de arrendamiento del 1 de marzo del 2016 y un contrato de comodato del 28 de enero de 1997 para el uso de la Cantera Oriente, un espacio de 85 mil 700 metros cuadrados, en donde entrenan los jugadores.
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Sin embargo, el comisionado Rosendoevgueni Monterrey, quien expuso el caso, destacó que la UNAM nunca entregó información sobre el uso que da el Club Universidad del Estadio Olímpico ni de los beneficios que la Universidad recibe a cambio.
Después de analizar el tema, propuso al pleno del INAI ordenar a la UNAM modificar su respuesta e instruirle a que realice una búsqueda exhaustiva en la Dirección General del Deporte Universitario y en la Dirección de Finanzas, de la documentación que establece los términos y condiciones del uso del Estadio Olímpico Universitario, por parte del Club Universidad Nacional, así como la documentación que contenga cuáles son los beneficios, ya sean económicos o de cualquier naturaleza, que obtiene la Universidad por permitir o ceder el uso de dicho estadio a esta Asociación Civil.
El pleno aprobó la propuesta por unanimidad de votos.
RMR