Política

Rechaza TEEH impugnaciones a candidaturas de Morena

Conforme avanza el proceso electoral, los juicios de carácter electoral incrementarán

Los dos juicios de impugnación a las candidaturas a la diputación local por parte del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) promovidos ante el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) fueron, en el caso del juicio con expediente TEEH-JDC-023/2018, desechado por improcedencia; en el caso del juicio TEEH-JDC-024/2018, fue declarado infundado, por lo que se ratificó la decisión del Instituto Electoral Del Estado de Hidalgo (IEEH) al conceder dichos registros.

El primer juicio fue promovido por Yanira Hernández Hernández, Onésimo Pérez Lara y Fortunato González Islas al impugnar las designaciones de candidatos de Morena para la elección local, al acusar de una violación de sus derechos de votar y ser votados al cargo; además de haber sido utilizados para impulsar a otros aspirante, el cual fue declarado improcedente por la magistrada Mónica Mixtega Trejo.

“Se razona que fueron omisos para emitir documento alguno que los acredite como ciudadanos o precandidatos en el expediente, no adjuntan documento alguno que los acredite como ciudadanos en el caso Yadira Hernández y de Fortunato González; en el caso de Onésimo Pérez, en aras de acreditar la justicia se requirió al Consejo Nacional de Elecciones de Morena para saber si en su distrito 3 de San Felipe Orizatlán había sido precandidato, a lo que respondió la cúpula nacional que no contó con tal calidad, por ello se propone desechar de plano este juicio, ya que en el medio de impugnación se tiene notaría improcedencia al no tener acreditados los documentos pertinentes”, explicó.


En tanto, en el juicio con expediente TEEH-JDC-024/2018, la magistrada María Luisa Oviedo Quezada resolvió la ratificación del acuerdo IEEH-CG-043, donde se le otorga el registro a los 18 candidatos para el proceso electoral local 2018, a pesar de la impugnación promovida por Leticia González Escalona, por el registro del distrito 16 Tizayuca.

El acto reclamado es debido a que existieron dos registros ante el órgano electoral local, apuntó, uno entregado ante el Consejo General del IEEH el 15 de abril y uno más entregado al Consejo Distrital del órgano electoral en Tizayuca, esté ultimo favoreciendo a la promovente, sin embargo el representante del partido Morena ante el Consejo General órgano electoral local, definió que el primer registro debía ser respetado y evaluado para su posterior ratificación.

“El conflicto de intereses es respecto a determinar si la autoridad electoral debió privilegiar el registro del representante propietario ante el consejo distrital de Tizayuca a favor del accionante; cabe mencionar que desde el 15 de abril el partido Morena entregó sus 18 registros a los distritos locales, pero unas horas después fue entregado en el consejo distrital de Tizayuca un registro a favor de la accionante en su calidad de propietaria; en el acuerdo 043 el IEEH decide conceder el registro a la primera fórmula registrada, a pesar de que se pidió que se manifestará cuál es el registro que debe prevalecer al haber una duplicidad, por lo que el representante ante el consejo general emitió la decisión que prevaleciera el primer registro, por lo que el segundo registro queda sin efecto y se propone declarar infundado los agravios y confirmar el registro realizado ante el Consejo General del IEEH”, finalizó.  


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Teodoro Santos
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