El gremio médico necesita solidaridad y se le dará, aseguró Esteban Villegas Villarreal, presidente de la Junta de Coordinación Política en el parlamento local, al presentar a iniciativa de reformas al Código Penal del Durango, con la finalidad de establecer sanciones más severas para quien atente contra la integridad del personal médico y de enfermería, por el solo hecho de su profesión; estableciendo como calificado el delito de lesiones, con hasta 13 años de cárcel y 969 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Durante la sesión ordinaria, exhortó a la ciudadanía a abstenerse de hacer señalamientos que indignan y también preocupan, ya que el personal de salud es quienes cuidan de la salud de todas y todos.
En este sentido, explicó que se impondrá de tres a seis meses de prisión o multa de 18 a 36 veces la UMA o ambas penas, si las lesiones tardan en sanar hasta 15 días; de seis meses a dos años de prisión y multa de 36 a 144 veces la UMA cuando tarden en sanar más de 15 días y menos de 60.
Además, de dos a tres años seis meses de prisión y multa de 144 a 216 ciento veces la Unidad de Medida y Actualización, si tardan en sanar más de 70 días; de cuatro a seis años de prisión y multa de 288 a 432 veces la UMA cuando pongan en peligro la vida; y de dos a ocho años de prisión y multa de 144 a 576 veces la Unidad de Medida y Actualización, cuando dejen cicatriz perpetua y notable en la cara o en un pabellón auricular.
También se plasma de tres a nueve años de prisión y multa de 216 a 648 veces la UMA, cuando disminuyan alguna facultad o el normal funcionamiento de un órgano o de un miembro; de tres a 10 años de prisión y multa de 216 a 720 veces la Unidad de Medida y Actualización, si producen la pérdida de cualquier función orgánica, de un miembro, de un órgano o de una facultad o causen una enfermedad incurable o una deformidad incorregible.
Agregó que se impondrá la pena de cinco a 10 años de prisión y multa de 360 a 720 veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien ponga en peligro o cause daños a bienes de atención médica pública o privada, sumando a las clínicas, hospitales y centros de salud, a la protección especial.
EGO