El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) desechó 71 de los 130 juicios de inconformidad, promovidos por los partidos Morena, PT, PRD y PRI, 70 de ellos por incumplir el presupuesto procedimental de acreditar la personería jurídica correspondiente.
"Los promoventes no se encontraban legitimados para impugnar, por lo que ante la falta de personería de los actores, lo conducente fue decretar el desechamiento de las demandas, tal y como lo indica el artículo 246, párrafo primero, fracción tercera del Código Electoral del Estado de México", informó la institución.
TE RECOMENDAMOS: TEEM continúa revisión de las 130 impugnaciones
En total, en la sesión pública de este jueves, el TEEM resolvió 71 juicios de inconformidad, nueve recursos de apelación, así como 11 procedimientos especiales sancionadores, para un total de 91 asuntos. Todos fueron desechados por improcedentes.
Los magistrados precisaron que conforme al artículo 227 del código electoral, "al ser los órganos directivos locales de los partidos quienes pueden sustituir a los representantes previamente registrados ante los órganos electorales del IEEM, ello implica por mayoría de razón que son sólo las instancias partidistas indicadas, en base a sus propios estatutos, quienes pueden realizar el nombramiento originario de sus representantes ante los consejos distritales del IEEM, facultad que no tienen los representantes partidistas ante el Consejo General, como indebidamente aconteció en todos los casos".
La decisión del TEEM puede recurrirse ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pero se espera que esta última instancia ratifique el criterio de la justicia electoral local. Quedan por determinar el destino de 59 juicios de inconformidad para dar un total de 130.
RAM