Aunque hay rumores de que el interinato en la gubernatura pudiera recaer en el secretario de Infraestructura, Humberto Torres, entre otros, el ex diputado local y federal del PRI, Héctor Gutiérrez de la Garza, precisó que de acuerdo a la Constitución de Nuevo León, ningún servidor público estatal, federal o municipal puede ser designado por el Congreso del Estado.
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Ahora que el gobernador, Jaime Rodríguez solicitará licencia al cargo para contender por la Presidencia de la República por la vía independiente, resaltó que el Artículo 82 de la Constitución local precisa que los servidores públicos no pueden ocupar la gubernatura de manera interina, y que en todo caso hayan renunciado al cargo 100 días antes de la votación en el Congreso del Estado.
“Establece de manera muy clara que no sea secretario de despacho, magistrado del Tribunal Superior y algunos otros supuestos, más sin embargo al final establece que no sea servidor público o militar en servicio activo, eso puede interpretarse que ningún servidor público, ya sea federal, estatal o municipal puede participar o ser sujeto elegible para ser gobernador interino del estado de Nuevo León.
“La Constitución prevé que cualquiera puede participar, siempre y cuando haya dejado el cargo o haya pedido licencia 100 días antes de la elección, entendiéndose que el Congreso realiza una elección, no popular, pero si con los propios integrantes del Congreso del Estado, por ende los que actualmente estamos como servidores públicos somos inelegibles para ello, pudiera ser que un militante de un partido político, incluso un dirigente de un partido político pueda ser viable como candidato a ser elector como gobernador interino, por supuesto”, explicó el también director General del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa.
Aclaró que como cualquier ciudadano, el gobernador del estado puede hacer una solicitud de quién ocupe la gubernatura de manera interina, sin embargo, el Gobierno del Estado hará la selección correspondiente.
Consideró que un legislador sí pudiera convertirse en gobernador interino.
Expresó que el precedente más reciente en la entidad es cuando se designó a Benjamín Clariond Reyes primero como gobernador interino y que para ello se requirió la mayoría de votos en el Congreso y que hubiera reunido los requisitos que marca la Constitución de Nuevo León.
Es decir, que sea mayor de 30 años, ciudadano nuevoleonés y no ser servidor público.
¿Entonces sí cabe la posibilidad de que pudiera regresar al PRI o al PAN el Gobierno por estos seis meses?
“Por supuesto, sin ningún problema, siempre y cuando reúnan los requisitos del 82, pero sí te deja muy claro que los secretarios de despacho no pueden ser parte de ese proceso”.
¿Entonces se caen los rumores de que pudiera ser el secretario de Infraestructura o cualquier otro secretario?
“Pues hay que recordar que la resolución que tome el Congreso sobre este tema en lo particular es revisable por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, entonces pues sí se debe de tener el cuidado conducente”, declaró.