A partir de hoy, todas las unidades de responsabilidad en las empresas productivas del Estado podrán revisar el nuevo protocolo emitido por la Secretaría de Función Pública (SFP) para las personas que alerten actos de corrupción en el interior de las instituciones de gobierno.
Lo anterior busca que la Coordinación General de Ciudadanización y Defensa a Victimas de la Corrupción estime como medidas pertinentes el brindar asesoría y acompañamiento, así como realizar las evaluaciones de riesgo correspondientes para evitar dichos actos ilícitos.
Dentro de las nuevas figuras contempladas en dicho documento, se contempla la creación de un Órgano Interno de Control de la SFP, el cual se encargará de gestionar la implementación de dichas medidas. Así como la creación de una subsecretaría de Responsabilidades y Combate a la Impunidad, quien supervisará la adecuada partición de los demás órganos.
Este nuevo protocolo establece que al momento de realizar una denuncia de corrupción, esta se debe de generar en un ambiente de confianza que permita la libre expresión de la persona alertadora. Esto a través de un lenguaje sencillo y claro, evitar confrontaciones, queda prohibido que la persona que reciba la denuncia discrimine, prejuzgue o haga valoraciones de algún tipo.
Por su parte, la persona que reciba la denuncia de acto de corrupción tendrá que analizar la información obtenida e indagar únicamente la información referida, para evitar un riesgo potencial.
Además, el nuevo protocolo establece una tabla para poder medir el impacto de la consecuencia de dicho acto de corrupción, esto a través de un nivel de valoración entre muy bajo que significaría ninguna represalia, hasta muy alto que marca que la víctima de corrupción también sufrió privación de su libertad, violencia física, entre otros.
Asimismo, la persona que reciba la denuncia también tendrá que medir la probabilidad de que ocurran hechos que menoscaben los derechos de las personas alertadoras. Una vez elaboradas los reportes y evaluaciones de riesgo necesarias se deberán de establecer las medidas de protección preventivas y laborales, psicosociales, colectivas, entre otras también establecidas, y seguir un proceso en el que asegure la protección de la persona alertadora del acto.
El objetivo general de dicho documento es otorgar medidas de protección que sean efectivas para las personas alertadoras, las cuales deberán de hacer del conocimiento de la SFP hechos graves de corrupción relacionados con cohecho, peculado y desvío de recursos públicos.
Según el documento que entró en vigor este lunes, todo el personal y prestadores de servicio de la Administración Pública Federal, estarán obligados a implementarlo cuando este sea necesario.
mjsg