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Fijan candados a pensiones de magistrados

Diputados avalaron el haber de retiro, sin embargo, pusieron como regla que sea un monto no mayor al que percibe un juez y no podrá ser durante más tiempo que el que estuvieron en funciones.


Diputados avalaron este lunes en comisiones otorgar una pensión a los magistrados por mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo, fijaron topes y candados a dicha prestación.

Fue en Comisiones Unidas de Justicia y Seguridad Pública y de Puntos Constitucionales donde se aprobaron diversas reformas a la Constitución Política del Estado y a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

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Entre estas modificaciones se contempla otorgar a los magistrados un haber por retiro, sin embargo, en lugar de que sea vitalicia, la pensión se les otorgará por el mismo tiempo que estuvieron en funciones.

"Estamos estableciendo en la Constitución y en la Ley Orgánica (del Poder Judicial del Estado) la facultad de que reciban un haber de retiro los magistrados con dos reglas: primero, no podrá ser mayor al tiempo que se desempeñaron como magistrados, es decir, 10 o 20 años que son los plazos que puede durar.

"Y dos, otra regla muy importante, no podrá ser mayor al monto que percibe un juez (primera instancia) como remuneración", explicó el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Hernán Salinas Wolberg.

Además, explicó el legislador panista, será el propio órgano administrativo del Consejo de la Judicatura quien fije los montos.

"Estamos facultando al propio Consejo de la Judicatura (para que) en este caso quien sea quien haga los cálculos y analice cuál es el monto adecuado. Nosotros simplemente estamos fijando una base constitucional y legal para que se pueda otorgar con estos dos candados", indicó.

Por último explicó que el haber de retiro no es compatible con ningún otro ingreso que reciba un magistrado, es decir, que en el caso de que se desempeñe en otro cargo público dejaría de percibir esta prestación.

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