En esta reunión de trabajo, Coahuila dejó una grata impresión ante el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas, (ONU), al ser uno de los primeros estados que ha cumplido con ese mandato constitucional, lo que fue reconocido por los defensores de los Derechos Humanos.
En su participación ante el Comité de la ONU, Rubén Moreira expuso que:
"El Estado de Coahuila empezó a trabajar, incluso antes de la Ley General, para crear las normas correspondientes que son un poco distintas de la tradición jurídica de nosotros, que hablaba de declaración de ausencia y de presunción de muerte", comentó el Gobernador. [OBJECT]
El mandatario estatal informó que Coahuila expidió su ley en esta materia que tiene efectos patrimoniales, efectos laborales, porque suspende la relación laboral pero la deja viva y genera obligaciones incluso para el patrón de mantener esa relación laboral y efectos de representación legal.
"La instrumentación y los preceptos de esa ley han sido, francamente, provechosos y nos ha sorprendido gratamente a todos porque las autoridades federales se han sujetado a esa ley local en temas como el derecho a la vivienda o el IMSS, y eso ha sido para nosotros muy importante", aseveró.
Explicó que la CONAGO, atenta de que algunos estados no cuentan con esta ley, sacó el acuerdo de los gobernadores para que en lo inmediato, todas las entidades tengan una ley similar o parecida a la de Coahuila, obviamente guardando los estándares mínimos.
En ese mismo acuerdo –continuó- vienen temas de depuración de registros y de elaboración de buenos registros de las prisiones.
Puntualizó que no se quiso eliminar la posibilidad de que una persona estuviera en una prisión cuando se le mantiene como un desaparecido, "porque en México no existe cédula de identidad. Entonces, cuando una persona es detenida en flagrancia puede dar otro nombre y puede que nadie de su familia sepa que está preso", aseveró.
La Ley de Declaración de Ausencia de Personas Desaparecidas en Coahuila, es producto de la lucha de las familias de personas no localizadas y consolida los esfuerzos que se llevan a cabo en el estado en la materia y que lo ubica en el liderazgo nacional en ese rubro. [OBJECT]
Con ella, se obliga a las autoridades a iniciar la búsqueda de personas no localizadas, desde el momento en que se tiene la presunción de su desaparición forzada.
La ley Estatal regula la declaración de ausencia por desaparición, conservando la personalidad jurídica de la víctima.
Además, no presupone la muerte, y los familiares podrán obtener este término legal (desaparición) en tan sólo tres meses, cuando antes era necesario que transcurrieran cinco años.