Los patrones y empresarios tienen hasta el jueves 20 de diciembre como fecha límite para efectuar el pago de aguinaldos a sus empleados, debido a que La Ley Federal del Trabajo, establece que es un derecho de todos los trabajadores.
Si su tiempo laborando en la misma empresa es de un año, deberán recibir al menos lo proporcional a 15 días de sueldo, o en caso de tener menos de 12 meses, tendrá que ser lo equivalente a los días trabajados.
En caso de que se presente alguna irregularidad, los trabajadores deben acudir con los Procuradores del Trabajo en donde citan a las dos partes, es decir, al patrón y al empleado con la finalidad de que se cumpla con lo establecido en un lapso menor, todo a través del diálogo y la conciliación, según Mario Alberto Quezada Padilla, Procurador General de la Defensa.
Se imparten asesorías para los interesados en el tema, en cualquiera de las oficinas de la Procuraduría del Trabajo ubicadas en Celaya, Guanajuato, Irapuato y León en horarios de 08:30 a 17:00 horas. De igual manera se vía telefónica se puede hacer consultas con la Subsecretaría del Trabajo y Previsión Social.