Política

Avala Corte a Pachuca para expedir licencias de uso de suelo

Se faculta a la autoridad municipal para expedir licencias o autorizaciones en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió como válida la disposición del Estado de Hidalgo que faculta a la autoridad municipal para expedir licencias o autorizaciones en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial.

Al resolver la controversia 223/2019, los magistrados consideraron que el gobierno municipal no invade atribuciones pues es congruente con la legislación general.

En junio de 2019, mediante un oficio enviado a la administración municipal de Pachuca por parte de la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial de Hidalgo, se informó que el ayuntamiento ya no tendría injerencia en la expedición de licencias de urbanización, régimen de propiedad en condominio, fraccionamiento, subdivisión, construcción, reconstrucción, ampliación y cualquier otra acción urbana.

Ante ello la presidencia municipal de Pachuca interpuso un recurso de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por considerar que se violentaba la autonomía municipal específicamente en el artículo 115 fracción quinta de la Constitución Política.

En la resolución dada a conocer este 11 de enero en la Suprema Corte, se informó que quedó inválido el oficio SOPOT/0128/2019 por el que el secretario de Obras Públicas de Hidalgo, José Ventura Meneses, determinó en 2019 que el municipio con contaba con atribuciones para otorgar, expedir o autorizar licencias de urbanización, régimen de propiedad en condominio, fraccionamiento subdivisión, fusión y uso de suelo, por lo que debía abstenerse de hacerlo.

Con la sentencia, el gobierno de la capital de Hidalgo, ahora con el priista Sergio Baños como edil, tendrá la facultad para expedir licencias de uso de suelo y fraccionamientos, sin tener que solicitarlo a la Secretaría de Obras Públicas del estado.

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