La acción de inconstitucionalidad que presentó el Congreso Local del Estado de México contra la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en esa entidad, denominada Ley Atenco, dividió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, porque algunos ministros consideraron que el trabajo que los diputados realizaron "deja muy mal" parada la función legislativa.
Lo anterior, porque la mayoría del Congreso Estatal aprobó el estatuto y ahora esa mayoría pretende que se declare inconstitucional, bajo el argumento de que existe "preocupación" entre la ciudadanía por la ley que validaron.
La ministra Margarita Luna Ramos enfatizó que el artículo 105 de la Constitución establece que para que una acción de inconstitucionalidad pueda ser estudiada, se necesita de al menos 33 por ciento de la minoría del Congreso; en este caso son 51 diputados, de 75, los cuales representan 68 por ciento, o sea, son mayoría.
Fernando Franco González Salas puntualizó que la Corte no puede establecer parámetros, a través de porcentajes, de quiénes sí y quiénes no pueden interponer estos recursos.
El ministro Javier Laynez Potisek consideró que existe una causal de improcedencia, porque los diputados locales prácticamente están sometiendo a "consulta" su labor.
La Ley Atenco o Ley Eruviel fue aprobada en abril de 2016 y se emitió un decreto para que entrara en vigor en agosto del mismo año; pero días antes de que eso ocurriera, reformaron el decreto apuntado que solo entrará en vigor cuando la Corte se pronuncie y determine si puede aplicarse bajo los términos que ellos aprobaron.
"La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, tanto federal como local no necesitan justificación si vienen a representar a ciudadanos o lo hacen como órganos de protección o como ombudsman, pero aquí el Congreso nos transmite las inquietudes de sus representados, como se dice coloquialmente. Pues diría: precisamente para eso fueron electos y para eso están ahí, para –precisamente- escuchar, discernir y aprobar una ley", expresó Laynez.
La ministra Luna Ramos, quien se pronunció a favor del proyecto de sentencia de su homólogo Alberto Pérez Dayán, en el sentido de sobreseer la acción de inconstitucionalidad, se preguntó por qué esta mayoría no derogó la ley; esta situación, apuntó, "deja muy mal" a la función que llevan a cabo los políticos.
"Se aprobó por una abrumadora mayoría la ley, y de repente promueve la acción de inconstitucionalidad 51 diputados, que son una mayoría...esos diputados estaban en posibilidad de modificar, revocar, derogar la ley respectiva...de veras no entiendo, cómo pueden aprobar una ley y después una mayoría de más o menos el mismo porcentaje que la aprobó, venir a decir que es inconstitucional. De veras deja muy mal puesta la función legislativa", expresó la ministra.
Fernando Franco González Salas manifestó que están ante un tema inédito, porque la Carta Magna establece un porcentaje del 33 por ciento; desde su punto de vista, enfatizó que la petición de los legisladores locales no puede compararse con una consulta, y debe ser estudiada pese a ser una mayoría.
Señaló que no hay sustento jurídico que diga que no puede haber más de la mayoría interponiendo una acción de inconstitucionalidad. Franco explicó que los procesos legislativos están llenos de incidencias y de vicisitudes.
Muchas veces, agregó, los diputados suben a la tribuna y después dicen que votaran a favor de cierta ley, pese a que no la comparten del todo.
Por su parte, los ministros Norma Lucía Piña y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se pronunciaron en contra del proyecto de Pérez Dayán.
Para que la acción de inconstitucionalidad de los diputados pueda ser estudiada de fondo, se necesitan seis votos de los ministros; ese mismo número se requiere para ser sobreseída.
Sobre el tema faltan por pronunciarse Jorge Mario Pardo Rebolledo, Eduardo Medina Mora y el presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales.
La Corte también tiene pendientes por analizar las acciones de la CNDH y de la Comisión de Derechos Humanos del Edomex.
jbh