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‘El Chapo’ no ha podido ejercer su religión, dicen defensores

Los abogados de Guzmán Loera dijeron que su cliente no ha tenido acceso a un sacerdote que hable español; los defensores aseguran que el Departamento de Justicia viola los derechos de 'El Chapo'.

Declarando que su defendido enfrenta “condiciones draconianas de confinamiento”, los abogados que defienden a Joaquín El Chapo Guzmán Loera durante su arraigo previo al juicio que se le seguirá en Estados Unidos, dijeron que su cliente ni siquiera ha podido ejercer sus derechos religiosos, pues no ha tenido acceso a un sacerdote que hable español.

Michelle Gelernt, Michael K. Schneider y Edward Zas, del bufete Federal Defenders of New York, Inc., nombrados por la corte como defensores de oficio, aseguran que el Departamento de Justicia viola los derechos de El Chapo al negarle la visita de su esposa e impedirle nombrar defensores privados para llevar su caso.

“De hecho, el señor Guzmán está siendo retenido bajo las peores, las más restrictivas condiciones de cualquier prisionero actualmente detenido por el gobierno de los Estados Unidos”, aseguraron los defensores en un documento fechado el 29 de marzo pasado.

La severidad de su confinamiento, en el que pasó el 4 de abril su cumpleaños número 60, es aún más estricta que la observada en el reclusorio Florence ADMAX, conocido como Supermax y ubicado en Florence, Colorado, dijeron los abogados.

El Chapo pasa 23 horas de cada día en confinamiento solitario, con sólo una hora para hacer ejercicio en un espacio que no está al aire libre, y en su celda ni siquiera ha podido saber si por una antigua ventana entra luz del día, “porque la luz de su celda nunca es apagada y no sabe si es de día o de noche”.

A consecuencia de estas condiciones, los defensores dicen que Guzmán Loera “ya ha empezado a mostrar indicios preocupantes de enfermedad mental”.

El documento de 18 páginas critica que al célebre capo del cártel de Sinaloa no se le ha permitido ni telefonear a su esposa, Emma Coronel, descrita como su parienta más próxima y quizás la única que tiene acceso legal a Estados Unidos.

Con ironía, los defensores se dicen extrañados de que las autoridades penitenciarias no permitan a El Chapo ver a su esposa, pero se dicen dispuestos a aceptar que lo visite Rosa Isela Guzmán Ortiz, identificada como su hija por un reportaje periodístico… pese a que el capo asegura que ella no es su hija.

Citando abundantes fuentes jurídicas en apoyo a sus tesis, los defensores del narcotraficante mexicano dicen que “la conclusión inescapable debe ser que el gobierno busca hacer que la detención del Sr. Guzmán sean tan difícil y desagradable como sea posible. Esa es la marca de un castigo” prohibido por la ley.

El Chapo, extraditado a Estados Unidos el 19 de enero de 2017, fue arraigado al día siguiente por el juez magistrado James Orenstein, del Distrito Oriental de Nueva York. En el procedimiento el fiscal Robert L. Capers y Arthur G. Wyatt, jefe de la Sección de Narcóticos y Drogas Peligrosas del Departamento de Justicia, pidieron y obtuvieron una orden permanente de detención, por lo que el narcotraficante fue remitido al Centro Correccional Metropolitano (MCC), de Manhattan.

La corte dijo el 25 de enero que estaba inclinada a ordenar que el acusado compareciera a través de una “transmisión en video, para minimizar la disrupción debida al transporte físico”, y los abogados presentaron cinco días después una solicitud demandando la presencia física de “El Chapo” en los procedimientos.

El juez del caso, Brian M. Cogan, aceptó la petición de modo que el acusado compareció físicamente a la conferencia celebrada el 3 de febrero. Ahí pudo cruzar algunas miradas con su esposa.

En esa conferencia de estado, primero se decidió que el caso era demasiado complejo para fines de los llamados Juicios Rápidos.

Luego el Fiscal General determinó que se le impusieran Medidas Administrativas Especiales (SAM, por sus iniciales en inglés), que básicamente consistieron en mantenerlo en confinamiento solitario, sin acceso a teléfonos, familia y prensa, aunque cada día pasa de cuatro a seis horas dialogando con sus defensores.

Tales medidas de precaución se decidieron porque “el defendido tiene una historia probada de usar a terceros para acallar a testigos, para conservar el control del cártel [de Sinaloa] aun bajo custodia, y para facilitar sus fugas de prisión. A saber, el defendido ha hecho que terceros, como sus asesinos o sicarios, cometan incontables actos de violencia contra individuos considerados una amenaza contra el cártel, específicamente testigos que pudieran estar aportando información sobre el cártel”, dice otro documento del caso.

El 13 de marzo, los defensores de El Chapo solicitaron a la corte levantar las Medidas Administrativas Especiales, argumentando, por primera vez, que se violaban sus garantías individuales y su derecho a un juicio justo.

Ocho días después, un panel de expertos recomendó no levantar las SAM, aunque sí modificarlas para dar al detenido acceso a defensa privada y a consultores legales, siempre y cuando hubieran pasado por estrictas medidas de seguridad. Se dictaminó también que en casos estrictamente necesarios se aceptaría un traductor también autorizado por los filtros de seguridad.

El 28 de marzo, Amnistía Internacional de EU envió a la corte una solicitud de que se permitiera a un enviado del organismo visitar la prisión para constatar las condiciones de encierro.

A la organización le preocupaba, dijo, que las condiciones impuestas a El Chapo fueran “innecesariamente duras, y que violaran “los estándares internacionales de trato humanitario”.

“Reportes recientes sugieren que el Sr. Guzmán tiene dificultades respiratorias y padece irritación en la garganta y dolores de cabeza debido a sus condiciones de confinamiento”, reza la carta de Amnistía Internacional de EU.

El recluso también se quejó de que el aire acondicionado estaba demasiado frío y carecía de medios para calentarse.

La carta de los defensores fechada el 29 de marzo, seis días antes del cumpleaños de Guzmán Loera, culminaba con la queja de que las SAM violaban el derecho de su cliente, consagrado en la primera enmienda, al libre ejercicio de su religión.

“Hasta la fecha, el Sr. Guzmán no ha podido ver en el MCC a un sacerdote que hable español. Toda interacción que ha tenido con ‘personal religioso’ ha sido o bien a través de pantomima o con la ‘asistencia’ de un guardia de la prisión que habla español".

“Esta situación, unida al veto de las SAM a la observancia religiosa grupal. Indebidamente grava el derecho del Sr. Guzmán al libre ejercicio de su religión”, agrega el documento.


nerc


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