Negocios

Tribunal Electoral: más vale un freno a tiempo

  • Antena
  • Tribunal Electoral: más vale un freno a tiempo
  • Javier Orozco Gómez

El Tribunal Electoral, a través de la sala regional especializada, acaba de sentar un precedente relevante: dejó en claro cómo deben utilizar los spots los partidos políticos, para que no se aparten del fin por el cual gozan de los tiempos oficiales, especialmente ahora que del 14 de diciembre al 1 de julio de 2018 se difundirán más de 59 millones de spots.

De esa manera, la instancia judicial coincide con la precisión del INE, que otorgó medidas cautelares contra los spots del PAN, que hizo una cesión de anuncios a un tercero, además de la inclusión de marcas comerciales (dos bancos para recibir donativos y un centro comercial), lo que desvirtúa la naturaleza de la prerrogativa a la que tienen derecho los partidos políticos: los tiempos oficiales.

De lo anterior se entiende que los tiempos de los que gozan gratuitamente los partidos no deben contener marcas comerciales o convertirse en anuncios publicitarios, tarea que solo les corresponde a los concesionarios comerciales.

Tan es así que la resolución de la sala especializada es muy clara al citar en su sentencia las finalidades y directivas que deben tener los promocionales de los partidos políticos: presentar y sujetarse a los principios, valores e ideología política que postulan; difundir, por medio de sus candidatos, sus acciones basadas en sus documentos básicos.

Por tal motivo la instancia de impartición de justicia consideró que no guardaban relación alguna los spots pautados por el PAN con los principios del modelo de comunicación política previsto en la Constitución y la legislación secundaria. Resultaba, por más loable que fuera el contenido de los promocionales del PAN (derivados de los sismos), absurdo y pretendían verles la cara a las autoridades electorales.

Así, la base sobre la que se fincó el modelo soviético de comunicación en 2007, si bien autorizó a los partidos políticos el uso permanente de los medios de comunicación a través de los tiempos asignados, esa prerrogativa no es absoluta, sino que está destinada exclusivamente a cumplir con los fines de dichos institutos políticos, no para comerciales o asuntos personales.

Si bien no se le impuso sanción al PAN, ante la “granizada” de spots que viene más vale dejar claro a los partidos para qué son los millones de anuncios que tendrán en próximas fechas.

[email protected]

Google news logo
Síguenos en
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.