Política

Justicia Cotidiana

A partir de la reforma penal de 2008, nuestro país modificó sustancialmente su andamiaje jurídico en ámbitos que la sociedad vive todos los días. El 2011 fue trascendental para la República, pues el 6 de junio se promulgó la reforma en materia de amparo que amplió la procedencia de dicho juicio por violaciones a los derechos humanos plasmados en los tratados internacionales en los que el Estado mexicano sea parte, la introducción de figuras como el amparo adhesivo y la declaratoria general de inconstitucionalidad.

El 10 de junio de aquel año se materializó el reconocimiento de la progresividad de los derechos humanos por la que se había pugnado largamente, y se incluyó en nuestra Constitución el principio pro persona como rector de la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. El cambio de paradigmas transformó instituciones con el objetivo de hacer a la justicia cotidiana más accesible, menos lenta, costosa y compleja.

Como consecuencia se formó una tendencia que condujo la mayoría de los procesos hacia la oralidad. Así, en la actualidad contamos con juicios orales no solamente en materia penal, sino también en materia familiar, mercantil, y desde luego, la que por antonomasia lo ha sido, la laboral. Todo ello dio pie no solamente a un cambio en las técnicas de litigación –la mayoría de los abogados fuimos formados bajo sistemas escritos- sino también una evolución en los órganos encargados de administrar justicia con el paralelo incremento en el número de asuntos que resuelven.

Según el informe de Justicia Cotidiana elaborado por el Centro de Investigación y Docencia Económicas los porcentajes nacionales en la impartición de justicia estatal por materia arrojan 35 por ciento de asuntos familiares; 30 por ciento, civiles; 20 por ciento, mercantiles; 13 por ciento, penales y dos por ciento de otras materias.

En el Estado de México, la estadística del Poder Judicial de la entidad, hasta julio de 2015, señala que se radicaron un total de 134 mil 758 asuntos, de los cuales 10 mil 461 ( ocho por ciento )corresponden al nuevo sistema penal oral y 4 mil 400 (tres por ciento) al sistema anterior: 64 mil 276 (48 por ciento) civiles; 46,933 (35 por ciento) familiares; 343 (menos de uno por ciento) de justicia para adolescentes, y 8 mil 345 ( seis por ciento) mercantiles .En segunda instancia se radicaron un total de 8 mil 314 asuntos, que se componen por 2 mil 565 del nuevo sistema penal oral y 815 del antiguo: 3 mil 053 civiles; mil 639 familiares; 61 de justicia para adolescentes y 181 mercantiles. Para medir la eficiencia del Poder Judicial del Estado de México podemos acudir a la tasa de conclusión que es de 77 por ciento en primera instancia y de 100 por ciento en la segunda.

Si el Estado prohíbe la justicia por propia mano, entonces está obligado a sostener instituciones efectivas en la solución de controversias, más aún tratándose de los conflictos de la convivencia diaria que son los que más reciente la sociedad. Antes que en las reformas de gran calado, la fortaleza de un Estado democrático pasa por la eficiencia de la justicia de proximidad, la que disfrutamos o sufrimos todos los días.

Google news logo
Síguenos en
Hernán Mejía López
  • Hernán Mejía López
  • Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.