Nexos

Un acercamiento a la violencia digital

La violencia cibernética comprende actos que incluyen monitoreo, acecho, desprestigio, amenazas, extorsión y conductas relativas a la violencia sexual.

Por: Leslie Jiménez y Grecia Macías

Ilustración: Patricio Betteo, cortesía de Nexos

Desde el 2018, en nuestro país se inició un proceso de tipificación para que la distribución, el almacenamiento o la publicación de contenido íntimo aparezcan en los códigos penales como delitos. La violencia digital cuenta con matices de violencia sexual, la cual es un ejercicio de poder y cosificación que afecta a la dignidad, la integridad y la libertad sexual. El delito de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento está tipificado en los 32 códigos del país. Asimismo, en 2021 se reformó la Ley General de Acceso a una Vida Libre de Violencia para agregar el artículo 20 quater, que incluye la violencia digital como modalidad de violencia. La tipificación de este delito abrió la conversación en el país sobre las distintas formas en las que se manifiesta la violencia digital, en específico la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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